Varapalo de la Justicia a Dentix

La Audiencia Provincial de Madrid desestima en su totalidad la demanda interpuesta por la mercantil al Consejo General de Dentistas y a su presidente Óscar Castro Reino.

Sede de Dentix.
Sede de Dentix.
Salud35
8 marzo 2021 | 15:55 h
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Cuatro años después de que se iniciara el procedimiento, la Justicia ha dado la razón al Consejo General de Dentistas, presidido por Óscar Castro Reino, frente a Dentix.

En 2017, Dentix demandó al Consejo y a su presidente por lo que consideraron una campaña desleal y una actuación “lobista” por la defensa del dentista tradicional frente a los nuevos modelos mercantiles, como es el caso de dicha empresa.

Dentix alegó que el Consejo trataba de frenar el crecimiento de la compañía mediante prácticas agresivas y actos de denigración a través de sus declaraciones en varios medios de comunicación, además de difundir notas de prensa y una carta a los colegiados con el mismo objetivo.

En 2019, el Juzgado de lo Mercantil 12 de Madrid dictó sentencia estimando parcialmente la demanda de Dentix, concretamente, unas declaraciones que el doctor Castro hizo por considerarlas “denigratorias” pero no “engañosas”.

Dentix alegó que el Consejo trataba de frenar el crecimiento de la compañía mediante prácticas agresivas y actos de denigración

Aunque el presidente no nombraba a Dentix directamente, el juez consideró que esos posibles contagios se relacionaban con la compañía, al ser estos elementos (222 euros y personajes famosos) signos distintivos de la mercantil. Tanto el Consejo General de Dentistas como su presidente presentaron recurso de apelación, al que Dentix se opuso en tiempo y forma.

Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia, en la que estima el recurso de apelación interpuesto por el Consejo General y Castro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil, revocando la sentencia de instancia y desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Dentix contra el Consejo General de Dentistas y su presidente, absolviendo a los demandados y condenando a Dentix a pagar las costas del procedimiento.

La sentencia es susceptible de ser recurrida en casación por parte de la compañía.

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