Tras el reciente cierre de la clínica dental low cost iDental de Santander, sin avisar a clientes ni trabajadores, ahora le ha tocado el turno al centro ubicado en Barcelona. La clínica de la Ciudad Condal ha cerrado sus puertas, al igual que la clínica de Santander, sin dar ninguna explicación ni avisar a clientes y trabajadores.
Por su parte, según medios regionales, la inquietud de los pacientes de la clínica ubicada en Tarragona es notoria. Tras el cierre de la de Barcelona y algunas cancelaciones en las consultas, temen que la clínica siga el mismo camino.
En Cataluña, la cadena low cost cuenta con tres clínicas iDental y los afectados habrían enviado más de un centenar de denuncias al Colegio de Odontólogos de Cataluña
Asimismo, la clínica de Girona, que sigue abierta, ha sido demandada de forma colectiva por reclamador.es en defensa de ocho de sus clientes. La compañía de reclamaciones online ha explicado que el motivo de interponer la demanda colectiva reside en la imposibilidad de obtener la historia clínica de los afectados a través del servicio de atención al paciente de la propia iDental. Este documento es fundamental para poder iniciar cualquier proceso de reclamación por negligencia. La clínica de Girona ha negado a estos afectados el derecho de acceso a su historia clínica y consecuentemente de reclamación.
En Cataluña, la cadena low cost cuenta con tres clínicas iDental y los afectados habrían enviado más de un centenar de denuncias al Colegio de Odontólogos de Cataluña. Sin embargo, al tratarse de una clínica privada, estos únicamente pueden asesorarles, teniendo que acudir los afectados de la mano de un abogado para proteger sus derechos y recuperar su dinero.
¿QUÉ PUEDEN RECLAMAR LOS AFECTADOS?
En primer lugar, los afectados deben reclamar el cumplimiento o resolución del contrato. En este tipo de casos, el paciente contrata con la clínica la realización de un determinado trabajo, como es un tratamiento dental. En todo contrato, cuando una de las partes no cumple con su obligación, la otra parte tiene derecho a exigir su cumplimiento o la resolución del mismo, a libre elección de la parte que sí cumple con el contrato firmado. Desde reclamador.es explican que los afectados pueden reclamar la devolución de las cantidades abonadas por un tratamiento dental iniciado y que no se ha finalizado.
Además, en los casos en los que no solo no se hubiera cumplido el contrato, sino que también se hubiera generado un daño, los afectados pueden reclamar una indemnización que compense el sufrimiento de ese perjuicio. En este caso, es decir, si se ha producido una negligencia durante la realización del tratamiento, siempre que ello hubiera generado un daño al paciente, los afectados pueden reclamar la indemnización que, con la valoración de un perito, les corresponda.
Asimismo, reclamador.es ha detallado que otro motivo de reclamación es la posible publicidad engañosa producida al publicitarse como “asistencia dental social”, pues sugiere la concesión de ayudas administrativas, cuando en realidad se trata de simples descuentos.