El COEM exige medidas inmediatas para amparar a los afectados de iDental

Actualmente, no existe ninguna clínica iDental en funcionamiento en la Comunidad de Madrid.

Un juzgado de Valladolid abre diligencias penales contra iDental
Un juzgado de Valladolid abre diligencias penales contra iDental

El Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) ha exigido a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid medidas inmediatas para amparar los derechos de los afectados por el cierre de las clínicas low cost iDental, tras conocer el cierre momentáneo de la clínica situada en la calle Marie Curie de la localidad madrileña de Rivas por huelga indefinida.

Según ha informado el COEM en un comunicado, en la puerta de la clínica de Rivas se proporciona a los pacientes un número de información, con el que actualmente, bien por colapso de la línea o por otra circunstancia que el COEM desconoce es imposible contactar. Tras este cierre, iDental no dispone de ningún centro sanitario abierto en toda la Comunidad de Madrid.

Por ello, el Colegio se ha puesto en contacto con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para informar del cierre. Asimismo, se va a realizar lo propio con el Juzgado que instruye las diligencias penales a los efectos correspondientes.

Si alguno de los afectados ha firmado un crédito vinculado antes de que hayan trascurrido 14 días naturales, se puede ejercer el derecho de desistimiento

En vista de lo ocurrido en otras comunidades autónomas de España, el COEM ha instado a que establezcan con carácter urgente una serie de medidas entre las que destacan la salvaguarda de los historiales clínicos de los pacientes (entre los que se incluirían los centros que anteriormente ya cerraron en la calle Canarias y en la calle Méndez Álvaro), así como la exigencia de las pólizas de responsabilidad civil que los centros de iDental hubieran tenido contratadas, tal como contempla la Ley, durante los años en los que han estado en funcionamiento a efectos de responder por los daños y perjuicios generados a los pacientes.

Asimismo, debido al inmenso número de pacientes de la clínica de Rivas, el COEM ha pedido actuar con la mayor celeridad posible para amparar los derechos de los afectados. El colectivo confía en que "esta lamentable situación pueda resolverse sin que la salud bucodental de los pacientes pueda verse más afectada".

RECOMENDACIONES ANTE EL CIERRE DE UNA CLÍNICA

Desde el COEM también han recordado a los pacientes que el Ministerio de Sanidad ha dado una serie de recomendaciones a los afectados ante el cierre de clínicas. En primer lugar, los afectados tienen que presentar una reclamación por escrito ante la clínica en las que se esté llevando a cabo los tratamientos odontológicos y se recomienda que se haga mediante burofax. En caso de que la clínica se encuentre cerrada, se debería enviar a otra clínica del mismo titular o al domicilio social del titular de las clínicas.

También tienen que solicitar a la clínica los historiales mediante burofax u otro medio fehaciente. En el caso de no obtener respuesta a esta solicitud, se puede ejercer sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por restringir su derecho de acceso a datos personales.

De igual modo, los afectados deben presentar una reclamación ante las autoridades de consumo en el caso de vulneración de los derechos como consumidor de la comunidad autónoma en la que se resida el paciente, así como una reclamación ante las autoridades sanitarias de la localidad en la que vivan si se ha producido mala praxis.

Además, si fuera posible, realizar una peritación por un profesional de la odontología y presentar una denuncia ante los juzgados de su localidad, y en caso de tener un crédito vinculado, que es aquel que se entiende como crédito que sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos o a la prestación de servicios específicos, los afectados deberán interponer una reclamación ante los servicios, departamentos o defensores del cliente de la entidad financiera con la que se tenga el crédito.

En el caso de que la entidad no dé respuesta o la misma no sea satisfactoria, los afectados deberán presentar una reclamación ante el Banco de España, en el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones y, por último, si alguno de los afectados ha firmado un crédito vinculado antes de que hayan trascurrido 14 días naturales, se puede ejercer el derecho de desistimiento. Este plazo se amplía a un año en caso de que no se haya informado del derecho a desistir al paciente.

Y no menos importante, los pacientes deberán guardar toda la documentación como folletos o material publicitario, presupuestos, contratos de los crédidos vinculados, resguardo de pagos o facturas, historial, pruebas diagnósticas, resguardos de citas, correos electrónicos o mensajes, entre otros.

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