A principios del mes de abril, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) informó, a través de la nota informativa, sobre las cuestiones más relevantes relativas a los productos sanitarios, en el caso de que a partir de la fecha del Brexit, el Reino Unido pase a considerarse un tercer país, sin que se haya llegado a un acuerdo con la Unión Europea (UE).
Y es que, tal y como recuerda la institución que dirige María Jesús Lamas, existen empresas cuyos productos aún están certificados por organismos notificados de Reino Unido o cuyos representantes autorizados están ubicados en ese país, por lo que deberán llevar a cabo las medidas indicadas en la comunicación del organismo regulador.
Determinados fabricantes de productos sanitarios ya han tomado las medidas necesarias orientadas a poner en conformidad sus productos para la comercialización dentro del mercado de la Unión Europea
No obstante, algunos fabricantes de productos sanitarios ya han tomado las medidas necesarias orientadas a poner en conformidad sus productos para la comercialización dentro del mercado de la Unión Europea como, por ejemplo, el cambio de organismo notificado a un organismo de la comunidad política o la sustitución de un representante autorizado por uno establecido en el marco europeo.
Estas medidas requieren, además, la actualización del etiquetado y de las instruccionesde uso de los productos afectados para que estén en consonancia con los documentos que avalan el marcado CE, continúa revelando la institución dependiente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
La Aemps, conocedora de la dificultad que este cambio está suponiendo a las empresas, ha considerado conceder de plazo hasta 30 de junio de 2020 para que las empresas que se encuentran en esta situación finalicen la adecuación de los etiquetados e instrucciones de uso de los productos a los cambios producidos.