Julio de 2024. Sin duda, la primera semana de este mes de verano será recordada para la posteridad por los miles y miles de urgenciólogos que trabajan actualmente en España. Primero, el lunes día 1, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en la radio que en el próximo Consejo de Ministros quedaría aprobada la nueva especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias. Después, el martes 2, tuvo lugar ese Consejo de Ministros, y, efectivamente, quedó aprobada la especialidad. Por último, este miércoles 3, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto con todos los detalles sobre lo que viene ahora.
De esta manera, además de la vía MIR para todos aquellos médicos que todavía no son especialistas y que desean dedicar su trayectoria profesional a la Medicina de Urgencias y Emergencias, el citado Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, también establece el resto de vías de homologación para los profesionales que trabajan en estos servicios con otra especialidad. Deben cumplir, claro está, una serie de requisitos, e incluso en algunos casos -todos aparecen recogidos en el documento-realizar un examen que les capacite para convalidar el título.
Con respecto a las plazas MIR, que deberían estar ya listas para ofertarse en la próxima convocatoria de 2025, será tarea de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias tanto acreditar a las unidades docentes como establecer el cupo de vacantes, previa aprobación de las comunidades autónomas. Lo que sí dice ya el Real Decreto, no obstante, es que la duración de la residencia será de cuatro años, los dos primeros compartidos con Medicina Familiar y Comunitaria, algo que ha despertado el recelo de algunas sociedades científicas que, como SEMERGEN, se oponen a esta formación conjunta.