Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de septiembre de la orden ministerial por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, que busca restringir la realización de procedimientos de cirugía estética a ciertos profesionales, aparecen dudas sobre qué tipo de operaciones puede realizar cada especialista. Fuentes del Ministerio de Sanidad han confirmado a ConSalud.es, que los facultativos podrán realizar “únicamente aquellas cirugías en las áreas que estén directamente relacionadas con su especialidad médica y que aparezcan en el Programa Oficial de la Especialidad (POE)”.
Esta actualización, que introduce nuevas limitaciones sobre quiénes están capacitados para realizar ciertos procedimientos de cirugía estética, busca garantizar la seguridad del paciente y evitar el intrusismo. “Cada Comisión Nacional de la Especialidad ha recibido un documento del Ministerio de Sanidad que especifica qué procedimientos puede llevar a cabo cada especialidad médica”, afirma a ConSalud.es el Dr. José Luis Cebrián, presidente de la Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial (SECOMCyC).
En el caso de su especialidad, "los procedimientos estéticos, faciales y cervicales están contemplados en nuestro programa, como es lógico y como los hemos hecho toda la vida", apunta Cebrián, por lo que señala: “La situación no cambia para nosotros, por lo que podemos seguir realizando estos procedimientos”.
“Hasta ahora no había una limitación clara al médico licenciado en medicina para hacer cualquier procedimiento quirúrgico”
El presidente de SECOMCyC indica que esta regulación es una necesidad que partió, no sólo de la reivindicación de su sociedad, sino del clamor social de los procedimientos que se estaban realizando “en lugares inadecuados, por profesionales escasamente formados y que han costado la vida a algún paciente”. Y pese a que esta fue una reclamación abanderada por los cirujanos estéticos, para los maxilofaciales, la cirugía estética facial no es solo un área de trabajo, sino un campo estrechamente relacionado con la reconstrucción tras traumatismos o deformidades. "Nosotros trabajamos en la cara y el cuello, está en los genes de nuestra especialidad. Si operas a una persona con un traumatismo facial, siempre vas con una visión estética junto al objetivo funcional", destaca Cebrián.
Uno de los puntos más relevantes de la nueva normativa es la exclusión de los odontólogos en lo que respecta a la cirugía estética, ya que esta modificación de la norma aplica a las especialidades médico-quirúrgicas. En este sentido, el Dr. Cebrián aclara: "Los odontólogos en España no tienen especialidades. No hay un programa ni una Comisión Nacional de la Especialidad, puesto que no tienen especialidades. Al no tener un programa de especialidades, quedan totalmente fuera de esta disposición". Esto pone de relieve la diferencia entre los licenciados en Odontología y los licenciados en Medicina, quienes, tras completar su especialización, adquieren las competencias necesarias para realizar procedimientos quirúrgicos como mentoplastia, rinoplastias, blefaroplastia, otoplastias y lifting faciales. “Son procedimientos que podemos realizar los cirujanos maxilofaciales porque están incluidos en nuestro programa”, sostiene Cebrián.
En este contexto, los procedimientos estéticos que incluyen técnicas como las infiltraciones de toxina botulínica o el ácido hialurónico son áreas más cercanas a la medicina estética, un campo aún no regulado del todo por el Ministerio. La nueva normativa tiene como objetivo establecer claramente quiénes están capacitados para realizar procedimientos de cirugía estética, lo que proporciona una mayor seguridad para los pacientes. Como explica el Dr. Cebrián: "Cada Comisión Nacional de la Especialidad ha recibido un documento del Ministerio en el que queda claramente explicitado qué procedimientos de cirugía estética puede realizar", insiste.
“Es algo novedoso y es complicado saber cómo se van a llevar a cabo los controles por parte de Sanidad”
“Hasta ahora no había una limitación clara al médico licenciado en Medicina para hacer cualquier procedimiento quirúrgico. Ahora con esta modificación del Real Decreto se limitan a ciertos licenciados en Medicina y Cirugía las capacidades para realizar procedimientos de cirugía estética”, detalla Cebrián, quien añade: “Es algo novedoso y es complicado saber cómo se van a llevar a cabo los controles por parte de Sanidad”. Aunque recuerda que lo que sí está claro, es que “el desconocimiento de la norma, no exime de su cumplimiento, por lo que cualquier médico que realice estos procedimiento de cirugía estética sin que esté en su programa de formación, estaría fuera de la ley”.
Queda en el aire saber si desde las comunidades autónomas o desde el Ministerio se va a llevar a cabo algún control más sistemático sobre estas cirugías. Pero Cebrián recuerda que “desde las sociedades científicas, continuamente nos encontramos situaciones en las que se vulnera la legalidad y ante las que actuamos ya que nuestro interés es velar por la práctica profesional de nuestros socios y defender a nuestros pacientes”.
Para la elaboración de esta nueva normativa, explica Cebrián, ha habido un trabajo previo con las Comisiones Nacionales de las Especialidades, delimitando las competencias de cada especialidad. “Por ejemplo, un licenciado en Medicina y Cirugía con la especialidad de Medicina de Familia, no puede realizar una rinoplastia, porque no está en su POE, como tampoco lo puede hacer un especialista en cirugía del aparato digestivo”, explica Cebrián.
Cebrián destaca que con este cambio se busca que los profesionales que realicen este tipo de procedimientos estén formados de una forma reglada, pero asume que seguirá habiendo casos de pacientes intervenidos en procedimientos fuera de ley. En esta línea, señala: "El paciente, la única defensa que tiene es asegurarse que es un profesional reconocido que tiene la especialidad y lo puede comprobar en los listados de los diferentes colegios de médicos", destaca.