Retrasos e impagos a los profesionales, prácticas "habituales" de DKV

La aseguradora DKV no solo fue condenada al pago de los servicios impagados, sino que tendrá que abonar una indemnización a la que tiene derecho el demandante por la demora en el pago

Josep Santacreu, CEO de DKV Seguros (Foto. Fotomontaje ConSalud.es)
19 octubre 2021 | 17:40 h

El hecho de no pagar a los profesionales médicos por sus servicios prestados, así como el retraso en los pagos incluso hasta que se olviden de pagar a los médicos es una práctica que se ha convertido en “habitual” dentro de la compañía DKV seguros y reaseguros, según han explicado a ConSalud.es desde Unipromel.

Sin embargo, no ha sido hasta ahora cuando los profesionales médicos han comenzado a tomar cartas en el asunto y a denunciar estos impagos de los servicios prestados, según la unión, tras la denuncia de un socio a la aseguradora por el impago de sus servicios.

Y es que, antes, cuando se daba esta situación, compañías como DKV intentaban por todos los medios llegar a un acuerdo con el profesional con el objetivo de evitar un juicio y una sentencia. Pero, ahora, parece que la situación ha cambiado.

La aseguradora no solo fue condenada al pago de los servicios impagados, sino que tendrá que abonar una indemnización a la que tiene derecho el demandante por la demora en el pago

Hace tan solo unos días, la compañía DKV seguros y reaseguros fue condenada por el juzgado número 7 de Zaragoza a cumplir con su obligación de pago de los servicios médicos prestados por un médico, así como la obligación de que el pago se lleve a cabo en los plazos establecidos legalmente para el abono de todos y cada uno de los actos médicos de un centro médico privado ubicado en la Comunidad Valenciana y regentado por un socio de Unipromel.

La aseguradora no solo fue condenada al pago de los servicios impagados, sino que tendrá que abonar una indemnización a la que tiene derecho el demandante por la demora en el pago. También fue condenada al pago de 40 euros por cada acto médico pagado fuera del plazo y los intereses de demora devengados desde la fecha en que el demandante incluyó el acto médico en el portal DKV y quedó la transacción correctamente registrada, hasta la fecha de pago de la deuda de acuerdo a la Ley por la que se establecen Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales (Ley 3/2004, de 29 de diciembre).

Desde la redacción de ConSalud.es hemos contactado con el responsable de Comunicación de DKV para conocer su postura al respecto, pero tras derivarnos a otras personas del departamento de forma poco cordial, no hemos obtenido respuesta.

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