Si los actos se realizan en un local abierto al público las condenas pueden contemplar penas de cárcel
Este tipo de casos de intrusismo, como comenta a Consalud.es Elena Pérez Cabrera, abogada de Lex Abogacía, tiene una serie de consecuencias legales, tanto para la persona que ha cometido el delito, como para los pacientes afectados por ello. “El intrusismo profesional está contemplado como delitoen el artículo 403 del Código Penal, y consiste en ejercer actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido en España”.DEFENSA DEL PACIENTE
La OMC dispone de un directorio para comprobar que el médico está correctamente colegiado
Ante casos como el del falso médico de Valencia, al que se le atribuyen delitos de intrusismo, estafa y falsedad documental, los pacientes también se encuentran amparados jurídicamente. Pérez Cabrera asegura que hay mecanismos que protegen a personas que hayan sido tratadas por este tipo de médicos fraudulentos, y a los que su actuación haya podido causarles prejuicios en materia de salud.Así, en caso de que se produzca una condena por intrusismo, por responsabilidad civil subsidiaria, los pacientes podrían ser indemnizados, “aunque depende de las condiciones económicas” del fraude. Una responsabilidad que, como indica la especialista, queda excluida de los seguros de responsabilidad civil de los médicos. “Las compañías aseguradoras excluyen casos de condenas penales, por lo que la indemnización depende del sistema judicial”, explica la representante deLex Abogacía.
Para evitar estos casos, Pérez Cabrera aconseja que, “ante la sospecha, lo principal es denunciarlo, para que comprueben que el médico se encuentra colegiado adecuadamente”. Para ello, la Organización Médico Colegial (OMC) dispone de un portal de Consulta Pública de Colegiados, donde el usuario puede consultar si el médico está correctamente colegiado o no.
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