¿Por qué Hacienda exige ahora que los médicos tributen por asistir a congresos?

Hasta ahora no se estaba cumpliendo con la reglamentación general del IRPF, que sólo exime la tributación en los casos en los que la formación sea directamente sufragados y organizados por la entidad empleadora, en este caso, el Sistema Nacional de Salud

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
28 mayo 2017 | 23:59 h
El reciente informe de la Agencia Tributaria que establece que el médico tiene que tributar la financiación que recibe de la industria farmacéutica para asistir a congresos y cursos de formación sigue generando polémica entre los profesionales, molestos porque ahora Hacienda considere que esos pagos son “retribuciones en especie”, pese a que no suponen ningún beneficio económico para el facultativo.

Facme apunta a que ha sido la decisión de Farmaindustria de incluir los pagos indirectos para formación como “transferencias de valor” al médico, lo que ha alertado a Hacienda, que ahora pide que se cumpla la doctrina general
Este cambio de decisión de Hacienda responde, según indican a Consalud.es fuentes de la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (Facme) a que, con la puesta marcha de su Código de Transparencia, Farmaindustria, ha querido incluir este pago indirecto a los facultativos como transferencias de valor (sin distinguir si son pagos por promoción o para la formación del médico), lo que ha alertado al ministerio, que ahora impone la aplicación de la doctrina general. Una doctrina que, sin embargo, no se venía cumpliendo hasta ahora.

Y es que, como señalan desde Facme, la reglamentación actual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece un marco general que dice que, la formación continuada de los empleados no ha de tributarse pero sólo cuando es promovida y sufragada por su empresa (por el “empleador”).

En el caso de los profesionales de la sanidad pública, el Sistema Nacional de Salud no ha promovido dicha formación y “ha asumido siempre que un equivalente a su obligación de cubrir los gastos de esta formación era que fuera organizada por las sociedades científicas, que son las garantes de la calidad de esta formación”, por lo que no se ha preocupado más de ello “ya que no implica desembolso alguno”.

Así, y aunque la financiación de la formación no corriera de parte del empleador, y en ella colaborase incluso la industria, no se ha seguido la doctrina y el médico no ha tenido que tributar porque, entre otras cosas, la colaboración de la industria no ha supuesto nunca un pago al profesional, sino una “gestión propia ante la organizaciones”.

El hecho de que estos pagos indirectos pasen ahora a considerase transferencias de valor, sin embargo, es lo que ha llevado a Hacienda a considerar que, si esos pagos no proceden del empleador (es decir, si no es el SNS el que financia dicha formación), han de tributarse.

FÓRMULAS ALTERNATIVAS

Ante ello, los profesionales defienden diversas fórmulas alternativas, desde que sea el propio SNS el que organice y pague esa formación; que los “pagos” de la industria no se consideren “retribuciones en especie” o que el Estado pague la formación, aunque sean las sociedades científicas las que la sigan organizando.

En este sentido, Facme estaría de acuerdo con “cualquier fórmula en la que quede claro que los fondos para formación de la industria no deben ser finalistas y que mantenga a las sociedades científicas en el papel que les corresponde como garantes de una formación continuada de calidad”.

De hecho, su principal propuesta es que las sociedades sean las que organicen la formación y gestionen ellas mismas los pagos que reciben de la industria, por lo que serían las propias sociedades, y no los médicos, los que tributarían dicha financiación. “Las sociedades tenemos esa capacidad y por tanto podríamos gestionar de forma transparente esos fondos no finalistas, y lo que es más importante, con capacidad de rendición de cuentas”, concluye Facme.


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