Los trabajadores sociales y los bioólogos serán profesionales sanitarios en 2021, así lo ha anunciado el Ministerio de Sanidad en su programa específico de Políticas de Salud y Ordenación Profesional incluido en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
En el documento publicado por el Ministerio de Hacienda, la cartera que dirige Salvador Illa recuerda que sigue pendiente la modificación de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) con la que se prevé la regulación de nuevas profesiones sanitarias, concretamente, el Trabajo Social Sanitario o la Biología Sanitaria.
ConSalud.es charla con Agustina Hervás, presidenta de la Asociación Española de Trabajo Social y Salud (AETSyS) sobre este anuncio y el 'antes y después' que este anuncio supone para los trabajadores sociales que ejercen en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
El reconocimiento del Trabajo social sanitario como una profesión sanitaria es una reivindicación histórica. ¿A cuándo se retrotrae? ¿Por qué?
Pues es una reivindicación desde el mismo momento en que se promulga la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). En esta ley no se tiene en cuenta al Trabajo Social como parte de las profesiones sanitarias, a pesar de que los y las trabajadoras sociales formamos parte de los equipos de atención sanitaria desde el nacimiento de la profesión, y a medida que se han ido dimensionando los equipos de atención a la salud hemos formado parte de ellos, primero en hospitales y salud mental y después en atención primaria y otros equipos especializados.
Los profesionales de Trabajo Social trabajamos con las personas enfermas, con las personas atendidas por procesos de enfermedad, su medioambiente y sus aspectos sociales desde 1889. Aportando esta visión social se consigue un abordaje integral de la salud.
En 1905 el Dr. Richard Cabot contrató en el Hospital General de Massachusetts a la primera trabajadora social, para dar forma al departamento de Trabajo Social Sanitario de dicho centro, impulsando ambos posteriormente la formación desde la Universidad de Harvard.
"En la LOPS no se tiene en cuenta al Trabajo Social como parte de las profesiones sanitarias, a pesar de que formamos parte de los equipos de atención sanitaria"
En nuestro país el Trabajo Social en Salud fue impulsado por el Dr. Roviralta, siendo una de las dos especialidades que impartía la Escuela de Asistentes Sociales de Barcelona en 1932.
En legislaciones previas a la LOPS, donde se regulaban las prestaciones que debía ofertar el Sistema Sanitario en sus dispositivos, se consideraba la acción social inherente a la acción sanitaria y se consideraba la realización de un Plan de Acción Sanitario y Social en la atención a los enfermos (Ley 37/62 de julio de 1962 sobre “Normas Reguladoras de los Hospitales”).
La Ley General de Sanidad (1986) dice que el Sistema Nacional de Salud (SNS) tiene que “promover acciones necesarias para la rehabilitación funcional y reinserción social del paciente”.
El Real Decreto 63/1995 "Sobre la Ordenación de Prestaciones del Sistema Nacional de Salud” habla de la “Atención a los problemas o situaciones sociales o asistenciales no sanitarias que concurran en las situaciones de enfermedad, garantizándose la continuidad del servicio a través de la coordinación con las administraciones de los servicios sanitarios y sociales”.
La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud de mayo de 2003, considera entre las prestaciones de la atención primaria a nivel básico e inicial el trabajo social.
"El sistema sanitario entiende que las situaciones sociales que afectan a la salud de la población que atiende y que estas deben ser tratadas en el SNS, para ello cuenta con los trabajadores sociales sanitarios"
Pero cuando en noviembre de ese mismo año 2003 se promulga la LOPS, esta ley no tiene en cuenta nada de esto y sólo considera profesiones sanitarias a aquellas que la normativa universitaria reconoce dentro de los estudios de ciencias de la salud y que gozan de una organización colegial reconocida.
La disciplina de Trabajo Social en aquellos momentos contaba con una organización colegial, e incluso con una organización científica (la Asociación Española de Trabajo Social y Salud nació en 1986) y en algunas universidades, en facultades especificas de ciencias de la salud como la Facultad de Medicina de la Universidad de Zaragoza, impartían titulaciones de postgrado para la especialización en Trabajo Social en Salud Mental, dependiendo del Departamento de Psiquiatría.
Está claro que el sistema sanitario entiende que las situaciones sociales que afectan a la salud de la población que atiende, deben ser tratadas desde este sistema y para ello cuenta con los profesionales de Trabajo Social como técnicos especialistas y responsables de trabajar dichas circustancias sociales.
Es por ello que no entendemos la diferencia que marca la LOPS en cuanto a nuestra consideración como profesionales no sanitarios para aquellos trabajadores/as sociales que trabajamos en el sistema sanitario y creemos que esta consideración debe de cambiar.
¿Cuál es la labor que realizan los Trabajadores Sociales en el plano sanitario?
Atendemos los factores psicosociales que influyen en el proceso salud enfermedad en los distintos niveles asitenciales: atención primaria, hospitalaria, especializada y salud mental.
El proceso de salud enfermedad causa desajustes sociales y nuevas necesidades tanto a la persona como a su entorno mas próximo, que de no tratarse adecuadamente por los profesionales especialistas puede interferir negativamente en la evolución de la enfermedad y en la adaptación social que conlleva.
En nuestra intervención social realizamos una valoración, para poder emitir un diagnóstico social sanitario y establecer así un plan de intervención social consensuado con el paciente y su familia. Esta intervención se aporta al resto del equipo sanitario con el que trabajamos.
"Realizamos una valoración, para poder emitir un diagnóstico social sanitario y establecer así un plan de intervención social consensuado con el paciente y su familia"
La intervención social puede realizarse desde tres niveles: individual- familiar, trabajando desde las fortalezas y las capacidades de los pacientes y sus familias, se realiza mediante la coordinación sociosanitaria, utilizando la metodología de gestión de casos:
A nivel grupal con el objetivo de mejorar el funcionamiento social de las personas a través de las experiencias constructivas de grupo, enfocado desde el modelo de activos en salud. Y a un nivel comunitario, mediante la participación comunitaria y el modelo de activos en salud se trabaja con la comunidad para la promoción de la salud.
Esta intervención social forma parte de los diferentes programas de atención sanitaria dirigidos a sectores concretos de población que pueden presentar mayor vulnerabilidad social: enfermos crónicos, menores, mujeres victimas de violencia de genero, personas con enfermedad mental, personas en exclusión social…
¿Qué supone que se haga referencia en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 a su regularización?
Esto es un avance hacia el reconocimiento del Trabajo Social como profesión sanitaria, supone que hay un interés claro en normalizar la situación y que se van a dotar recursos para ello.
¿Qué problema le generaba al colectivo la ausencia del reconocimiento como profesión sanitaria?
Pues compartimos con los profesionales definidos como sanitarios, objetivos, lugar de trabajo, herramientas, formación continuada y sin embargo no tenemos igualdad en el reconocimiento acreditado de la formación continuada, no tenemos acceso al reconocimiento del desarrollo profesional.
Por otra parte nuestra intervención social queda reflejada en la Historia Social Sanitaria (HSS), pero esta está fuera de la Historia Clínica (HC), lo que conlleva dificultades de acceso a la información social del paciente y desconocimiento de la misma por parte de los profesionales clínicos. Esto produce invisibilidad profesional en el sistema sanitario y puede promover el intrusismo.
Para solucionar este problema de no inclusión de la HSS en la HC, las CCAA han actuado de diferentes maneras y esto crea aún mas desigualdades territoriales.
Por otra parte, al no ser profesionales sanitarios se nos considera profesionales no asistenciales, cuestión totalmente contradictoria con la actividad profesional que desarrollamos cada día. Ello conlleva además otro gran numero de diferencias, entre ellas la dependencia funcional del colectivo dentro del organigrama del sistema.
Si se aprueba habrá un paquete de medidas para culminar la regulación y se establecerán nuevos criterios para la habilitación profesional o el acceso a plazas. ¿No es así?
Sí, debe de haber un paquete de medidas para regular la acreditación como profesionales sanitarios a aquellos profesionales de Trabajo Social que ya trabajan en instituciones sanitarias y a los que quieran acceder al sistema sanitario.
No obstante, como ya se ha dicho antes, no partimos de cero, las competencias profesionales están claras, se dispone de experiencia acumulada, de documentación científica, de títulos de postgrado universitarios en ciencias de la salud, de una organización colegial y de asociaciones científicas en este ámbito.
Además puede servir de ayuda la experiencia de otros profesionales que realizaron esa especialización antes que nosotros, los psicólogos que trabajaban en el sistema sanitario.
¿Qué otras peticiones solicitan a la Dirección General de Ordenación Profesional y al Ministerio de Sanidad?
En primer lugar le pediríamos rapidez en el trámite de reconocimiento como profesión sanitaria, ya se ha paralizado en dos ocasiones. Además le pediríamos que promueva espacios de dialogo y colaboración con la organización colegial y asociaciones científicas para establecer la mejor vía en el acceso a la especialidad de los profesionales de Trabajo Social Sanitario.
También la definición de plazas de Trabajo Social Sanitario en función de las ratios que se tienen en cuenta para el resto de profesionales sanitarios, de manera que no de lugar a la variabilidad que existe entre diferentes CC.AA.
Y hay que definir una estructura propia de los departamentos de Trabajo Social Sanitario dentro de los sistemas sanitarios de las CCAA, con dependencia órganica de la gerencias, o direcciones asistenciales de los centros.
Asimismo, es necesario tener participación en el SNS al igual que el resto de profesionales asistenciales con los que compartimos objetivos y principios del propio sistema.