Las guardias y el tope máximo, los límites de las pensiones de jubilación de los médicos

Se pone el foco en la larga carrera necesaria para ser especialista y en la recomendación de aplicar un factor corrector para estos sanitarios

Vicente Matas, miembro del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada (Foto. VM)
Vicente Matas, miembro del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada (Foto. VM)
16 marzo 2023 | 12:40 h
Archivado en:

Un nuevo informe del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada a trasladado a los profesionales de Medicina distinta información relativa a su jubilación. Tal y como reflejan las conclusiones del estudio, los médicos cotizan para recibir una pensión muy superior a la que finalmente reciben. En concreto, se pone el foco en la larga carrera necesaria para ser especialista y en la recomendación de aplicar un factor corrector para estos sanitarios, así como permitirles una jubilación voluntaria entre los 60 y los 70 años.

Se establece que uno de los principales problemas relativos a la pensión de jubilación es que las guardias, en general, no cotizan y no cuentan como tiempo trabajado, lo que piden cambiar y defienden que también reciban un trato fiscal favorable. Todo ello enmarcado en las dificultades que están suponiendo para la salud tanto las jubilaciones actuales como las que vendrán en unos años, ya que no se puede sustituir a los profesionales, especialmente en Atención Primaria.

¿CÓMO AFECTA LA JUBILACIÓN A UN MÉDICO?

Según explica Vicente Matas, al jubilarse un profesional de Medicina pierde "mucho en relación a lo que cobran". Esto se debe, principalmente, a que la mayoría de ellos realizan guardias que, a final de mes, suponen una parte importante en la nómina y, sin embargo, no cotizan, por lo que no generan derechos de cara a la jubilación.

Además, existe una pensión tope, por lo que muchos sanitarios "cotizarán más sin percibir mayor pensión". Solo en algún caso "excepcional" podrá beneficiar a algún médico con pocos años cotizados. Tal y como defiende, en 30 años de profesión un médico trabaja más de 40 años de una jornada ordinaria, sumando todas las horas extra que realizan como guardias. 

Existe una pensión tope, por lo que muchos sanitarios "cotizarán más sin percibir mayor pensión"

Por todo ello, desde el Sindicato Médico de Granada sostienen que los profesionales de la Medicina "merecen" un trato especial, con un factor de corrección en los años cotizados, tal y como ocurre en otras profesiones.

¿QUÉ CONDICIONES TIENE QUE CUMPLIR UN MÉDICO PARA JUBILARSE?

  1. Estar en alta o en situación asimilada de alta con 65 años cumplidos, siempre y cuando se hayan cotizado ya 37 años y 9 meses. En 2027 para jubilarse con 65 años será necesario haber cotizado 38 años y 6 meses.
  2. Tener cumplidos los 66 años y 4 menos con menos tiempo cotizado. En 2027 se tendrá que haber cumplido los 67 años.
  3. Hay que tener un mínimo de 15 años cotizados (5.475 días) y 2 de ellos tienen que localizarse entre los 15 años anteriores a la jubilación.

¿CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN DE UN MÉDICO?

En primer lugar la base reguladora se saca de dividir la cotización de los últimos 25 años (300 meses) entre 350 (para convertir 12 pagas en 14). También existe la opción de tener en cuenta los últimos 29 años cotizados, eliminando los dos peores, según la reforma de las pensiones que precisamente aprueba este jueves el Consejo de ministros extraordinario. 

La pensión es un porcentaje sobre esa base reguladora dependiendo de los años cotizados. Lo mínimo, que serían 15 años, sería el 50% de esa base y ese porcentaje va subiendo hasta alcanzar el 100% con esos 36 años y 6 meses.

Finalmente, un cálculo aproximado situaría a los médicos que, al superar el máximo, cobrarían la pensión tope: 3.058,81€ brutos y 2.378€ netos (14 pagas). 

Asimismo, hay que tener en cuenta la retención del IRPF, que en jubilados sin cargas familiares es de 22,25%, mientras que quienes tienen una incapacidad de más del 33% pero menos del 65% ven su retención reducida 1,5 puntos y a los que tienen una incapacidad del 65% se les reduce hasta en 6,5 puntos. Las personas con incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentos de pagarlo.

¿CÓMO EVITAR LA PÉRDIDA DE PODER ADQUISITIVO TRAS LA JUBILACIÓN MÉDICA?

Ya que los sueldos médicos suelen estar por encima de la base de cotización máxima, suelen notar una pérdida de nivel adquisitivo llegado el momento de la jubilación. Para evitar que esta diferencia sea tan acusada, Vicente Matas recomienda alternativas:

  • Hacerse 1 o varios planes de pensiones, ya que tienen un buen tratamiento fiscal. Además, pueden suponer un ahorro final del 45% de lo aportado.
  • Continuar en activo y demorar la jubilación, ya que por cada año de atraso se aumenta la pensión un 4%.
  • Ahorrar e invertir en todo lo posible.

¿CÓMO FUNCIONA EL COMPLEMENTO PARA REDUCIR LA BRECHA DE GÉNERO EN LA JUBILACIÓN DE MÉDICO?

Se trata de una ayuda que busca reducir la brecha de género aportando 30,40€ al mes por hijo, hasta 4 hijos, que se abona en 14 pagas. No se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima. El complemento tiene efectos para beneficio por cuidado de hijos, si no se ha trabajado en algunos periodos, en los tres años posteriores al nacimiento, se pueden sumar como cotizados los periodos sin cotización hasta 270 días.

Asimismo, si es un hombre el que quiere solicitarlo tiene que demostrar una pensión de viudedad y tener hijos que puedan recibir la pensión de orfandad. De igual manera, si su carrera se ha visto interrumpida o afectada por su paternidad y siempre un cuando la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer:

  • Si sus hijas e hijos han nacido o han sido adoptados antes del 31 de diciembre de 1994: Si ha tenido más de 120 días sin cotizas entre los 9 meses antes de la llegada del bebé o los 3 años posteriores.
  • Si sus hijas e hijos han nacido o sido adoptados después del 1 de enero de 1995: Si la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores.

¿PUEDEN LOS MÉDICOS JUBILADOS USAR RECETAS OFICIALES?

Los médicos jubilados de los Servicios de Salud pueden solicitar autorización para utilizar recetas oficiales en papel del Sistema Nacional de Salud, para uso propio y familiar en todas las comunidades autónomas menos País Vasco.

El Acuerdo de la Dirección General de MUFACE, de 13 de enero de 2022, prevé la autorización a mutualistas que tengan la condición de médicos jubilados para prescribir en recetas oficiales de la Mutualidad para uso propio y de sus beneficiarios.

¿QUÉ INCOMPATIBILIDADES Y COMPATIBILIDADES TIENE LA JUBILACIÓN MÉDICA?

Es incompatible con la pensión de jubilación el tener un trabajo en el que se esté dado de alta en la Seguridad Social.

Sin embargo, sí es compatible:

  • Un trabajo a tiempo parcial, aunque se minorará la pensión
  • La actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados en alta en una mutualidad alternativa o exentos de causar alta en el RETA (médicos con consulta privada antes de 1995)
  • El mantenimiento de la titularidad de un negocio
  • Médicos de Familia o Pediatras de Atención Primaria que prolonguen su servicio hasta loss 70 años, tanto en jornada completa como en media jornada, y recibirá el 75% de la pensión.

Finalmente, Matas recuerda que la información concreta de cada caso individual se puede consultar en la sede electrónica de la Seguridad Social en el apartado de 'Tu Seguridad Social'

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído