Recetas de cannabis medicinal: “Todos los hospitales de España pueden preparar estos medicamentos”

Eduardo López Briz, jefe del Servicio de Farmacia del Hospital Universitario La Fe de Valencia, atiende a ConSalud.es para hablar sobre la dispensación de fórmulas magistrales a base de cannabis que acaba de autorizar Sanidad

Eduardo López Briz, jefe del Servicio de Farmacia del Hospital Universitario La Fe de Valencia, habla sobre las recetas de cannabis medicinal (FOTOMONTAJE: ConSalud.es)
Eduardo López Briz, jefe del Servicio de Farmacia del Hospital Universitario La Fe de Valencia, habla sobre las recetas de cannabis medicinal (FOTOMONTAJE: ConSalud.es)
Manuel Gamarra
2 octubre 2024 | 19:30 h

El Ministerio de Sanidad acaba de sacar a audiencia pública el borrador del Real Decreto por el que establece, tras años y años de debate por parte de distintos estamentos, la dispensación de fórmulas magistrales a base de cannabis. De momento, dicha dispensación se limita únicamente al ámbito hospitalario, y por eso hemos preguntado a Eduardo López Briz, jefe del Servicio de Farmacia del Hospital Universitario La Fe de Valencia y coordinador del Grupo de Evaluación de Novedades, Estandarización e Investigación en Selección de Medicamentos (GENESIS) de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH), para conocer más detalles.

¿Qué le parece, desde el punto de vista de la farmacia hospitalaria, esta última regulación que va a permitir la dispensación de fórmulas magistrales de preparados del cannabis?

En general, yo creo que podemos considerarlo como algo positivo. Socialmente había dudas acerca de las posibles utilizaciones de los preparados del cannabis, y desde hace un tiempo se estaban juntando churras con merinas y confundiendo acerca de lo que es utilización activa, alternativa y medicinal. El Real Decreto viene en cierto modo a clarificar eso, la utilización clínica y médica de determinados preparados del cannabis para determinadas indicaciones. Además, ordena perfectamente las ideas y lo que puede ser terapéutico de lo que no.

¿Es algo completamente nuevo para la farmacia hospitalaria? Actualmente ya hay disponibles otros fármacos basados en cannabis, como Sativex o Epidiolex…

Nuestra especialidad se adapta muy bien a estos nuevos cambios, con tantos años de experiencia detrás hay ya pocas cosas que nos sorprendan. Y, como dices, la utilización de algunos principios activos del cannabis para la práctica clínica y su elaboración y dispensación como medicamentos es algo que ya llevábamos tiempo haciendo. Lo único es que, evidentemente, la introducción de nuevas fórmulas nos va a suponer más carga de trabajo, porque muchos medicamentos los vamos a tener que formular y preparar nosotros en las unidades de farmacotecnia de los hospitales. Pero esto también lo veníamos haciendo con otros principios activos y con otro tipo de medicamentos desde hacía mucho tiempo.

Y, entonces, ¿qué es lo que va a cambiar más a partir de ahora?

Los medicamentos que había disponibles tenían las indicaciones que tenían, y muchas no estaban cubiertas. Lo que va a cambiar es que ahora podremos disponer de preparados del cannabis para indicaciones en las que antes no se podía utilizar porque no existía el marco legal, como el dolor crónico refractario (ndr: dolor crónico que, por su complejidad, ya no se puede controlar adecuadamente con los tratamientos disponibles) u otras que vayan surgiendo a partir de este momento. Ojalá que muchos pacientes se puedan beneficiar de ello.

"Los medicamentos que había disponibles antes tenían las indicaciones que tenían, y muchas no estaban cubiertas"

A nivel de dispensación, entiendo, todo va a seguir igual que antes…

Sí. Nosotros nos encargamos de la elaboración de fórmulas magistrales y de la preparación y dispensación de medicamentos que son de especial control hospitalario, tanto a pacientes ingresados como externos, que vienen al hospital a recogerlos. Además, según lo que marca el Real Decreto sobre los del principio activo del cannabis, una vez dispensados también se va a seguir su efectividad y efectos adversos por parte del equipo multidisciplinar del hospital.

¿Y cabría la posibilidad de que más adelante también se pusiesen dispensar por parte de la farmacia comunitaria?

Eso es algo que lo tendrían que decidir las comunidades autónomas, pero desde la pandemia del 2020 se han venido estableciendo una serie de convenios entre los consejos de farmacéuticos y la red pública hospitalaria para facilitar la dispensación en proximidad. Es decir, el medicamento es adquirido y gestionado por la farmacia del hospital, pero se puede transferir a las oficinas de farmacia en algunos casos concretos y de acuerdo a una serie de protocolos. Dadas las especiales características de estos medicamentos, habrá que verlo con cuidado, y dejar que pase el tiempo y que todo se asiente un poco. Además, no todos los pacientes desean recogerlo en las farmacias, muchos prefieren venir directamente al hospital.

Ahora que mencionaba el Real Decreto y que está en consulta pública, ¿han encontrado alguna parte sobre la que tengan pensado enviar alegaciones o aportaciones?

Todavía no hemos tenido tiempo de leerlo con detalle. Lo analizaremos concienzudamente desde los distintos grupos de trabajo que componen la SEFH y que ofrecen varios puntos de vista sobre este tema: el de farmacotecnia, que es la elaboración de medicamentos, el de cuestiones relacionadas con el dolor, y el mío, GENESIS, que es el que se encarga de la evaluación de los medicamentos. Pero segurísimo que haremos comentarios.

"Segurísimo que haremos comentarios al Real Decreto"

El Real Decreto también cita que solo los servicios de farmacia hospitalaria que dispongan de los medios necesarios podrán elaborar estas fórmulas magistrales… ¿cuál es la situación actual en España? ¿Va a haber muchos pacientes de regiones que se queden sin poder acceder?

Absolutamente todos los servicios de farmacia de los hospitales de España están capacitados, por sus instalaciones y por sus profesionales, para preparar este tipo de medicamentos. Otra cosa es que haya servicios de farmacia que prepararan algún otro tipo de formulaciones más complejas, pero, por lo que hemos podido consultar, con estas puede cualquiera.

Desde el Observatorio Español del Cannabis Medicinal han reiterado en varias ocasiones que consideran que la medida es muy corta. ¿Cómo se ve desde la SEFH?

Si algo se le puede achacar al Real Decreto es que es demasiado sintético, pero ya vendrán después los desarrollos normativos por parte del Ministerio y de las comunidades autónomas. Tampoco sé exactamente a qué se refieren, si a las indicaciones o a otro tipo de cuestión, aunque, en cualquier caso, el Real Decreto es lo suficientemente amplio como para permitir que luego se amplíe.

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