El Tribunal Supremo ha suspendido cautelarmente la resolución y expedición de títulos del acceso extraordinario a la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, regulado en el Real Decreto 610/2024. El motivo es, como ya adelantábamos en ConSalud.es, que el apartado que detalla los requisitos para el acceso extraordinario al título, no incluye a los titulados en Medicina después de 1995 que no cuentan con especialidad.
Esta suspensión cautelar se produce porque el Tribunal Supremo considera que, tal cual está redactado el Real Decreto, podría causar un prejuicio a los médicos generalistas al no poder acceder a la especialidad de Urgencias y Emergencias por la vía extraordinaria.
La suspensión solo afecta a la fase final del proceso, mientras que las fases previas continúan con normalidad
No obstante, desde el Ministerio de Sanidad indican que la suspensión solo afecta a la fase final del proceso, mientras que las fases previas (recopilación de certificados, presentación de solicitudes y emisión de informes) continúan con normalidad.
Por lo tanto:
- Las comunidades autónomas deberán seguir expidiendo con normalidad las certificaciones de acreditación del ejercicio profesional que les sean requeridas por los aspirantes.
- La Comisión Nacional de la Especialidad de Urgencias y Emergencias seguirá evaluando las solicitudes presentadas en tiempo y forma y emitiendo los correspondientes informe-propuesta.
- Los aspirantes deben continuar con la presentación de sus solicitudes según el calendario previsto:
En definitiva, el proceso de acceso extraordinario a la especialidad continúa activo, exceptuando la resolución final y la expedición de títulos, que quedan en suspenso hasta que se produzca una nueva resolución judicial.