El Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, liderado por el doctor Vicente Matas, explica que los médicos en España cotizan por el tipo máximo en el régimen general para el grupo 1 (ingenieros y licenciados) que, para el año 2021, es de 4.070,10 euros/mes. Con estas cotizaciones en el año 2021, un médico que acceda a lajubilación ordinaria por edad, si cumple el resto de requisitos, ha cotizado más de 36 años y los últimos 24 por el tope máximo, puede llegar al 100% de la base reguladora para el cálculo inicial de su pensión, que le correspondería por las cotizaciones que ha realizado. En concreto, una pensión de jubilación de 3.111,07 euros brutos al mes, en catorce pagas (43.554,98 euros brutos/año) pero "le afecta el tope máximo, y la pensión que percibirá será de 2.707,49 euros brutos mensuales (14 pagas): en total 37.904,86 euros brutos anuales".
Pueden existir pequeñas diferencias según el mes en el que se produce la jubilación, explican desde el Centro de Estudios, ya que "los cálculos son individuales", pero esas cantidades son brutas y una vez aplicado una retención aproximada del 20%, el importe neto se queda en unos 2.166 euros/mes. En resumen, recibe 403,58 euros menos al mes de lo que le corresponde por lo que ha cotizado, lo que suponen 5.659,12 euros menos al año.
"Mientras tanto, los funcionarios que cotizan a clases pasivas y los trabajadores cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad pueden jubilarse con 60 años y sin sufrir pérdida con relación a la pensión por la que han cotizado"
En caso de jubilarse anticipadamente, dos años antes de su edad ordinaria de jubilación, antes del año 2024 le corresponde un recorte del 16% sobre la base reguladora que, generalmente, no le afecta, pues es lo mismo que pierde con relación a la pensión máxima, pero además aplicando un nuevo recorte del 4% (un 0,50 por 100 por cada trimestre o fracción de anticipación) la pensión que cobrará un médico este año, que se jubile dos años antes, no puede ser superior a 2.599,20 euros/mes, con una pérdida de 108,29 euros mensuales (1.516,06 euros al año) sobre la pensión máxima. "Como siempre Hacienda retiene aproximadamente un 20% y al banco llegan unos 2.080 euros netos aproxima
Para el ejemplo anterior (médico con 36 años de cotización y jubilándose dos años antes de su edad legal), si se le aplican las normas una vez pasado el periodo transitorio de diez años desde 2024, le correspondería un recorte del 21% sobre la pensión máxima, es decir 568,57 euros/mes y la pensión, con datos de este año, quedaría en 2.138,92 euros/mes (29.944,88 euros/año) con una pérdida anual de 7.959,98 euros. A esta cantidad bruta le descontaría Hacienda aproximadamente un 18% y quedaría en unos 1.760 euros/mes.
"Mientras tanto, los funcionarios que cotizan a clases pasivas y los trabajadores cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad pueden jubilarse con 60 años y sin sufrir pérdida con relación a la pensión por la que han cotizado", apuntan desde la organización sindical.
El Gobierno, añaden desde el Centro de Estudios, tiene previsto aplicar un factor de equidad intergeneracional, "además de incrementar los años de calculo de la base reguladora y posiblemente la edad legal de jubilación, viendo lo que van a aplicar por anticipar la jubilación dos años, suponga unos 500 o 600 euros de recorte en las pensiones iniciales de los futuros médicos jubilados a partir de 2027 o bien prolongar la vida laboral hasta los 69 o 70 años".
"La profesión médica, por su complejidad, dedicación, responsabilidad, estrés, exigencias, penosidad, peligrosidad y horas adicionales a la jornada con las guardias merecería, al igual que otras profesiones (mineros, bomberos, policía local…) tener un factor corrector y la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años de edad, al igual que los funcionarios"
"La profesión médica, por su complejidad, dedicación, responsabilidad, estrés, exigencias, penosidad, peligrosidad y horas adicionales a la jornada con las guardias merecería, al igual que otras profesiones (mineros, bomberos, policía local…) tener un factor corrector y la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años de edad, al igual que los funcionarios y sin tanto recorte", subrayan.
Asimismo, finalizan, "el tiempo de las guardias debería considerarse tiempo trabajado a efectos de jubilación y su retribución, que es inferior a la hora ordinaria debería tener un tratamiento fiscal favorable, ahora supone un incremento importante de la retención del IRPF de toda la nómina y para el médico finalmente el importe neto que llega al banco supone poco más del 50% del importe bruto por hora".