La realización de la atención continuada (guardias) es, para los médicos españoles, generalmente una obligación, pero no un derecho. Se realizan generalmente después de la jornada ordinaria de trabajo (la mayoría de las veces desde las 15 horas hasta las 8 horas del día siguiente) y en sábados, domingos y festivos las 24 horas.
Hace tiempo, en sus inicios, las guardias suponían una situación en "expectativa de trabajo", que no conllevaba la dureza de un trabajo ininterrumpido, como ocurre en la jornada ordinaria, pero con el transcurrir de los años y en la mayoría de los centros son un trabajo continuado, se han transformado en un "trabajo a destajo" y que, además, en la mayoría de las ocasiones no respeta descansos y conlleva una importante carga física, mental y de estrés.
Según revela el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, liderado por el doctor Vicente Matas, la diferencia en día laborable es de 8,39 euros/hora (39,26%) entre los médicos canarios (en último lugar con 21,37 euros/hora en Tenerife y Gran Canaria) y los médicos de Murcia (al frente con 29,76 euros/hora). Si nos fijamos en la media a nivel nacional (25,41 euros/hora) los médicos canarios de Tenerife y Gran Canaria cobran 4,04 euros menos a la hora (el 18,9%). Con relación al año pasado, de nuevo se han incrementado levemente las diferencias y son importantes.
Hay MIR de 4º y 5º año de algunas CCAA que perciben por hora de guardia un importe superior y en algunos casos bastante superior que el que perciben los médicos de otras comunidades autónomas
Si comparamos el importe que reciben los médicos de hospital y Primaria con lo que reciben los médicos residentes mayores, se observa que hay MIR de 4º y 5º año de algunas CCAA que perciben por hora de guardia un importe superior y en algunos casos bastante superior que el que perciben los médicos de otras comunidades autónomas.
La tabla de retenciones del IRPF es fuertemente progresiva y los ingresos de esas horas de guardia, una vez sumados a los ingresos que tiene el médico, por su jornada ordinaria, suponen un importante incremento en las retenciones de varios puntos (entre 4 y 5), no sólo del importe de las guardias, sino del total de los ingresos del médico. El resultado es que hasta el 45% o incluso más en alguna CCAA va directamente a Hacienda. El importe neto por hora que llega al médico con 10 trienios y máximo nivel de carrera resulta muy bajo, pues va desde un mínimo de 11,84 euros/hora en laborable y 13,11 euros/hora en festivo.
Las guardias suponen un esfuerzo extraordinario, fuera de la jornada ordinaria, en horario especialmente penoso, hasta 24 horas y más continuadas, en general son obligatorias, no computan como tiempo trabajado para la jubilación, se retribuyen por importe inferior a la jornada ordinaria y con el incremento de la retención de IRPF al médico llega poco más de la mitad. Imprescindible aplicar un factor corrector del tiempo trabajado para jubilación, retribución adecuada y un tratamiento fiscal diferenciado, teniendo en cuenta que sostiene el SNS y su tributación es muy superior a la de los beneficios empresariales o las rentas del capital.
Por todos los motivos anteriores y muchos más, "la profesión médica debería ser considerada profesión de riesgo"
Estas grandes exigencias que soporta la profesión, tanto en formación inicial, formación continuada obligatoria por ley (realizada fundamentalmente en su tiempo libre), responsabilidad civil y penal en cualquier actuación, exceso de jornada en horario especialmente penoso, no solo afectan al médico, algunas también afectan a su familia y en muchas ocasiones a los pacientes que deben ser atendidos por médicos cansados después de jornada extenuantes.
Por todos los motivos anteriores y muchos más, "la profesión médica debería ser considerada profesión de riesgo", sentencian.