La sanidad penitenciaria no pasa por su mejor momento. La escasez actual de médicos, enfermeros o farmacéuticos en las prisiones españolas complica la atención sanitaria que reciben los reclusos. Tanto organizaciones sindicales como de funcionarios de Instituciones Penitenciarias han reconocido en numerosas ocasiones a este diario que las condiciones laborales de los sanitarios no son las mejores.
En la actualidad, trabajan 296 médicos en las cárceles, de los cuales 97 tienen más de 60 años, 165 están entre los 50 y 60 años, 24 entre los 40 y 50 años y solo 10 tienen menos de 40 años. Todos ellos deben asistir a unos 50.000 internos de los centros penitenciarios del país. La Plataforma de Sanidad Penitenciaria indica que desde el 2008 hasta 2017 dejaron de trabajar en Instituciones Penitenciarias 125 médicos.
La transferencia de la sanidad penitenciaria se presenta como el 'salvavidas' para el sistema sanitario de las prisiones, sin embargo, el retraso en su implementación y el agravamiento de la situación con el paso del tiempo no han permitido el reflote de la asistencia sanitaria en las cárceles.
La subdirectora general de Coordinación de Sanidad Penitenciaria de Instituciones Penitenciarias, Carmen Martínez Aznar, en una entrevista para ConSalud.es explica cuál es la situación actual de los servicios sanitarios, qué medidas se están tomando y cuál es la hoja de ruta que desde la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias están tomando.
Faltan médicos, enfermeros… ¿Cómo se puede resolver esta situación? ¿Cómo están intentando paliarla?
Esta Secretaría General ha tomado una seria de medidas desde septiembre de 2018, con el fin de intentar paliar la situación actual. Entre las medidas adoptadas, cabe citar asignaciones en concepto de productividad al personal facultativo y de enfermería, y una nueva Instrucción de Jornadas y horarios para los Servicios Penitenciarios, con el fin de realizar una mejor adecuación y flexibilización del horario en aquellos centros que, con carácter excepcional y de manera temporal, lo soliciten.
"Las medidas que puede adoptar esta Secretaría General son únicamente paliativas"
Se contempla en la citada Instrucción, que esta posibilidad de flexibilización sea adaptable en función de la situación de los RRHH sanitarios en cada momento; además, se ha conseguido un aumento del número de plazas en la Oferta de Empleo Público del año 2019, con 40 plazas paramédicos y 52 plazas para enfermeros. Otras medidas se encuentran pendientes de poder ser llevadas a cabo, si bien es cierto que la circunstancia de hallarnos en la coyuntura política actual impide hacerlo de manera inmediata.
No obstante, entendemos que las medidas que puede adoptar esta Secretaría General son únicamente paliativas. Insisto en que la solución definitiva pasa por la transferencia, por el cumplimiento de lo previsto en la Disposición adicional sexta de la Ley 16/2003, para la transferencia a las comunidades autónomas de los servicios e instituciones sanitarias dependientes de Instituciones Penitenciarias.
Los médicos de prisiones piden que los MIR roten también en los centros penitenciarios. ¿Se está desarrollando ya?
Este procedimiento ya está establecido desde hace tiempo. Se trata de una opción que permite un mejor conocimiento y difusión del medio penitenciario para los profesionales de la sanidad pública.
En los últimos 18 meses han rotado por los establecimientos penitenciarios un total de 23 profesionales MIR en las especialidades de Medicina Familiar y Comunitaria, Psiquiatría y Enfermería (EIR) realizando rotaciones en periodos entre 1 y 3 meses.
"La rotación de los MIR en prisiones no es una solución al problema actual de falta de facultativos pero permite conocer mejor la sanidad penitenciaria"
Aunque no es una solución al problema actual de falta de facultativos, estas rotaciones permiten conocer el ámbito profesional y el trabajo que se realiza en los establecimientos y ha supuesto, en diferentes casos, que dichos profesionales opten por presentarse a los procesos selectivos y plazas interinas.
Todavía existen farmacias en situación irregular en las prisiones españolas por la ausencia de farmacéuticos que se encargan de su gestión. ¿Por qué ocurre esto? ¿Cómo se está corrigiendo?
La colaboración de las CC.AA. en este sentido ha sido laboriosa pero muy positiva. Conforme a lo recogido en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, se han mantenido numerosos contactos con todas las CC.AA. con el fin de regularizar la situación de los Servicios de Farmacia (SF) y de los Depósitos de Medicamentos (DM) de los centros penitenciarios
Desde julio de 2018 hasta la actualidad, se han legalizado siete nuevos servicios de farmacia y siete nuevos depósitos de medicamentos, lo que supone un total de 24 SF y 17 DM legalizados.
Además, desde esa fecha, otros siete SF y 14 DM se encuentran en vías de legalización a la espera de finalizar los trámites requeridos y únicamente 3 DM se encuentran pendientes de iniciar el proceso de tramitación, dependiendo en la actualidad de la decisión que adopte la comunidad autónoma correspondiente y el INGESA.
El secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, junto a un médico durante su visita a la prisión de Alcázar de San Juan. (Foto. II.PP.)
Las enfermeras de prisiones denuncian problemas con los complementos salariales,los concursos de traslados...etc.
Los complementos salariales de la Función Pública de todos los trabajadores están establecidos legalmente y son los que se aplican actualmente y se corresponden con el sueldo, trienios, complemento de destino, complemento específico, etc. Igualmente están establecidos los del Personal laboral recogidos por IV Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado.
Por otro lado, la Administración Penitenciaria ofrece periódicamente la posibilidad de concursar a las plazas vacantes generadas en cualquier otro centro penitenciario. La convocatoria del próximo concurso de traslado del personal de Enfermería es inminente.
Cabe señalar también que los profesionales de II.PP. no pueden acceder a otros destinos ajenos a la Administración Penitenciaria, mientras que enfermeros/as que ejercen su actividad en puestos de la sanidad en las CCAA, sí pueden acceder a las plazas convocadas por IIPP.
Los hospitales psiquiátricos también sufren la falta de especialistas: ¿Cómo es en la actualidad la coordinación con los servicios de salud de las CC.AA.? ¿Cómo esperan mejorarlo?
La carencia de especialistas en Salud Mental, de psiquiatras, psicólogos clínicos y graduados en Enfermería con especialidad en Salud Mental es una realidad tanto dentro como fuera de nuestra institución. En Instituciones Penitenciarias, ello está agravado por la falta de recursos extrapenitenciarios para los internos que padecen enfermedad mental.
"La carencia de especialistas en Salud Mental en las prisiones es una realidad tanto dentro como fuera de Instituciones Penitenciarias"
Cada vez está más universalmente aceptada la idea de que para mejorar la asistencia y conseguir un mejor resultado, medido en términos de salud, se requiere garantizar una continuidad asistencial y ello requiere que haya un flujo de información clínica adecuado. Esto implica, necesariamente, una coordinación entre los servicios sanitarios de las CC.AA y los de la Institución Penitenciaria.
Actualmente, en Cantabria, Murcia y Comunidad Valenciana estamos impulsando la coordinación entre Instituciones Penitenciarias, los Servicios de Salud Mental de las Consejerías de Sanidad, el tercer sector y el ámbito judicial, con el fin de reducir y evitar la judicialización de las personas con trastorno mental grave. De igual forma, se pretende impulsar las Comisiones de Análisis de Casos Clínicos para internos con enfermedad mental.
¿Es necesario que de manera especial y más allá de Instituciones Penitenciarias, se aborden los problemas de salud mental de los presos y su atención sanitaria?
En materia de Salud mental, no sóloes preciso que los problemas se aborden “más allá” de Instituciones Penitenciarias, sino incluso antes de que una persona entre en prisión. De esas manera se evitaría el ingreso de aquellas personas con enfermedad mental cuyo delito pudiera estar relacionado con su patología.
A estos efectos, II.PP., además del Programa PAIEM (Programa de Atención Integral Enfermedad Mental) que se desarrolla en los centros penitenciarios, realiza desde el año 2010elPrograma Puente de Mediación Socialpara los internos con trastorno mental grave en medio abierto y clasificados en tercer grado para su adecuada reinserción social, con la estrecha colaboración de entidades colaboradoras del tercer sector.
Desde el año 2018, se ha puesto también en marcha, en coordinación con las CC.AA, el Programa 'Puente Extendido'. Se trata de un programa de intervención también psicosocial para personas con trastorno mental grave condenadas por trabajos en beneficio de la comunidad o penas privativas de libertad suspendidas, con el objetivo de detectar de forma temprana dicha patología y evitar el riesgo de entrada en prisión.
"Es necesario que la atención sanitaria a los presos con problemas de salud mental cuente con una mayor implicación de los servicios y recursos sociosanitarios de cada comunidad autónoma"
Es de resaltar que el contacto con el medio penitenciario representa, para los internos con patología mental o de otro tipo (VIH, hepatitis, etc.), una oportunidad para el abordaje integral de patologías en sectores de la sociedad excluidos y de difícil acceso sanitario. Para muchos internos, la entrada en prisión supone la primera vez que acceden a un recurso sanitario. Por tanto, este tipo de programas antes mencionados, supone el regreso a la sociedad del interno con enfermedad mental en mejores condiciones de las que tenía a su entrada en prisión.
En cualquier caso, sería deseable que, en aquellos casos de falta de peligrosidad, la atención e ingreso de las personas sometidas a medidas de seguridad por eximente completa fuesen asumidas, al menos en parte, por los Servicios Autonómicos de Salud.
En esta materia, es necesario que la atención sanitaria a este tipo de personas cuente con una mayor implicación de los servicios y recursos sociosanitarios de cada comunidad autónoma, especialmente a la hora de revisar las medidas de seguridad cuando el afectado muestre síntomas de estabilidad y de falta de peligrosidad.