Tres años de prisión ha sido, finalmente, la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Badajoz a la exgerente del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), por vacunarse contra la covid antes de que le correspondiese.
Según se informa desde el tribunal, la acusada, que ocupó su cargo dependiente del Servicio Extremeño de Salud (SES) hasta enero de 2021, ha sido condenada por un delito de falsedad en documento oficial y ha sido absuelta del delito leve de estafa por el que también había sido acusada.
Como se explica en la sentencia, “sirviéndose de su cargo y de su acceso directo a la elaboración y contenido de los listados oficiales de personal y residentes en centros residenciales dependientes precisamente del SEPAD, la acusada -pese a conocer que no tenía por entonces derecho a ello, por no hallarse entre las personas incluidas en los colectivos prioritarios-, había decidido unilateralmente su inclusión en el listado oficial de personas a vacunar” en una residencia de mayores de Badajoz.
La acusada había decidido unilateralmente su inclusión en el listado oficial de personas a vacunar
De este modo, continua la sentencia, “en aquellas primeras fechas de vacunación contra la pandemia, con escasez todavía de las vacunas y falta de acceso a las mismas para la población en general fuera de la programación, llamamientos y cauce oficial, la acusada consiguió efectivamente vacunarse con una de las primeras dosis en Badajoz”.
“La acusada, por sí, o a través de un tercero, pero en todo caso bajo su supervisión y control, alteró el listado de vacunaciones de la Residencia y se incluyó en dicho listado para ser vacunada, lo que efectivamente consiguió el día 4 de enero de 2021” señala la resolución judicial.
Además de a la pena privativa de libertad, la acusada ha sido condenada al pago de una multa de seis meses con cuota diaria de diez euros
Además de a la pena privativa de libertad, la acusada ha sido condenada al pago de una multa de seis meses con cuota diaria de diez euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
Asimismo, se le impone inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas por tiempo dedos años e inhabilitación especial para el ejercicio de profesiones relacionadas con el ámbito sociosanitario durante el tiempo de la condena.
La sentencia no es firme y contra ella puede ser presentado recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.