Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Nº2 de Valladolid (Castilla y León) ha reconocido a una enfermera el derecho a cobrar el complemento de atención continuada correspondiente a dos noches y la noche de un festivo de 2016 que no le había abonado la Administración sanitaria por haber acumulado el permiso de lactancia en un solo mes y no haber trabajado esos días. En este contexto, el tribunal ha condenado a costas a la citada institución y ha asegurado que el disfrute de ese derecho "no puede suponer merma retributiva para el trabajador".
La enfermera, representada por los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería (Satse), tenía reconocido el permiso de lactancia en la modalidad de acumulación de jornadas completas desde el 4 al 30 de abril de 2016, lo que le supuso que no se le abonara el citado complemento correspondiente a dos noches (7 y 15 de abril) y la noche de festivo del 23 de abril, por un importe total de 122,99 euros, que ahora la Justicia obliga a Sacyl a abonarle a la trabajadora.
"Una profesional de Enfermería puede disfrutar del permiso de una hora de lactancia al día o acogerse al derecho de acumularlo en un permiso único y retribuido de un mes"
Tal y como recuerda la organización sindical, una profesional de Enfermería "puede disfrutar del permiso de una hora de lactancia al día o acogerse al derecho de acumularlo en un permiso único y retribuido de un mes", lo que hizo esta enfermera, pero Sacyl argumentaba que únicamente se devengaría dicho complemento "por la efectiva prestación de servicios".
El magistrado ha aludido a la sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo (TS), de 9 de diciembre de 2009, que establece que ese permiso "no constituye uno más de los contemplados en la Ley" y que la naturaleza y finalidad de ausencias y reducción de jornada "han de interpretarse a la luz de la Ley 39/199 de 5 de noviembre, de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar". Así, la citada resolución del TS argumenta que "es preciso entender que cualquier interpretación de la ausencia de regulación concreta de la retribución del permiso de lactancia, tanto en el Estatuto como en el Convenio, que implique pérdida económica para el trabajador, es contraria al espíritu de la Ley".
"Esta sentencia supone un avance en los derechos de las mujeres trabajadoras, porque son quienes mayoritariamente disfrutan estos permisos"
En este sentido, Satse ha valorado positivamente esta sentencia "porque supone un avance en los derechos de las mujeres trabajadoras, porque son quienes mayoritariamente disfrutan estos permisos". En este contexto, el sindicato recuerda que ya había ganado una sentencia en Segovia que reconoce el derecho a cobrar las guardias en Atención Primaria para enfermeras que disfrutan de estos permisos oficiales retribuidos.
Por todo ello, Satse Castilla y León está animando a las enfermeras que hayan disfrutado de este permiso en los últimos cuatro años a reclamar las noches y festivos que, por estos mismos motivos, no les haya abonado la Administración sanitaria.