Una enfermera ha sido condenada por administrar drogas a su hija desde que tenía poco más de un año y hasta los cuatro. Concretamente, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, ha condenado a la autora de los hechos a tres años y diez meses de cárcel.
Según se explica en la sentencia, la enfermera comenzó a administrarle a la pequeña estas drogas "desde que tenía alrededor de 18 meses y hasta los cuatro años". Como se ha determinado, la mujer pretendía “culpar al padre, del que estaba separada, de esta conducta y privarlo de relacionarse con la menor".
De hecho, la mujer había acudido al médico en algunas ocasiones para manifestar "sus dudas de administración de medicamentos durante las visitas al padre". También comentó con el médico que sospechaba maltrato por parte el padre y que podría estar administrándole sustancias tóxicas o psicofármacos durante sus visitas.
La enfermera comenzó a administrarle a la pequeña estas drogas desde que tenía alrededor de 18 meses y hasta los cuatro años
Estas mismas acusaciones fueron las que llevaron a los servicios públicos a actuar, y finalmente encontraron en distintos análisis la presencia de Tramadol, Prometazina y Flecainida en la niña. Estas sustancias afectan al sistema nervioso, y en el caso de la Flecainida, suministrada en esa edad, "puede afectar al crecimiento del corazón". El Tramadol, por su parte, es un fármaco opioide "y que causa grave daño a la salud, conforme informa el Instituto Nacional de Toxicología, en su relación de sustancias tóxicas de tráfico de drogas".
El tribunal también subraya que "la acusada es enfermera, y conocedora de las tres sustancias referidas, así como de que están totalmente desaconsejadas para menores de tan corta edad, suministrándole dosis que no pusieran en peligro su integridad física, ni mucho menos vital".
El tribunal también subraya que la acusada es enfermera, y conocedora de las tres sustancias referidas
Por todo ello la acusada ha sido condenada como autora de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, así como de un delito de maltrato en el ámbito familiar. Además de la pena de prisión, la ha inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad durante dos años y le ha impuesto la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y medio.
Desde el tribunal se ha explicado que se trata de un delito contra la salud pública dado que la droga “se administró a una bebé, por la persona de su madre, que era quien tenía su guarda y custodia”. Sin embargo, indica que “la exposición de la menor a tales fármacos no vino a ocasionar un quebranto a su integridad física”, por lo que incardina la conducta de la acusada dentro del tipo penal del maltrato de obra hacia su hija.
La sentencia no es firme, se ha concluido, ya que contra ella cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.