Visibilidad transgénero: así ha cambiado el abordaje sanitario del cambio de sexo en España

Este 31 de marzo celebramos el día internacional por la visibilidad de este colectivo

Transgénero (Foto: Freepik)
Transgénero (Foto: Freepik)
Noelia Hernández
31 marzo 2024 | 00:00 h
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Después de cumplirse en febrero el primer año de la aprobación definitiva de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, es decir, la conocida Ley Trans, este 31 de marzo celebramos el día internacional por la visibilidad de este colectivo.

En junio de 2022 se daba luz verde en el Consejo de Ministros a una ley ampliamente demandada por la comunidad LGTBI, y que, tras su ratificación en febrero de 2023 en el Congreso de los Diputados, sentaría las bases sanitarias de un nuevo abordaje del cambio de sexo en España.

Pese a que ya contábamos en nuestro país  con una ley que databa de 2007, hasta el pasado año era necesario un diagnóstico de disforia de género y una hormonación de al menos dos años con informes médicos para poder acceder al cambio de sexo. Esa ley, no obstante, ya supuso un adelanto en el 2007, pues eliminó el requisito de la operación genital y el procedimiento judicial que anteriormente era obligatorio para el cambio de sexo.

Hasta el pasado año era necesario un diagnóstico de disforia de género y una hormonación de al menos dos años con informes médicos para cambiar de sexo

Pero, ¿qué se aprobó exactamente el pasado año? En estos momentos está establecido que el cambio “en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico” ni tampoco a “la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole”.

Así, cualquier persona “de nacionalidad española mayor 16 podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo”. Los menores de esa edad y mayores de 14, también pueden presentar la solicitud por sí mismos, aunque asistidos por sus representantes legales.

La propia ministra de Sanidad, Mónica García, se ha postulado a favor de la ley, aludiendo a las críticas que se produjeron con la ley de 2007, que decían que “hordas de personas” iban a cambiar su sexo. “Spoiler: no ha ocurrido”, comentaba en sus redes sociales hace unos meses. De esta manera, vemos cómo en España se ha despatologizado la transexualidad. Es decir, no es tratada como una enfermedad ni como un trastorno psicológico. De hecho, la ley prohíbe las terapias de conversión.

"Ya no se permite “la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento"

Concretamente, ya no se permite “la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de las personas interesadas o de sus representantes legales”. De producirse, será considerada una infracción administrativa grave.

Asimismo, la ley establece que se garantiza “la atención sanitaria a las personas intersexuales”, la cual “se realizará conforme a los principios de autonomía, decisión y consentimiento informados, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación, desde un enfoque despatologizador”.

Pese a que finalmente la ley ha llegado a buen puerto, su recorrido no ha estado exento de trabas. Es más, se ha tenido que producir la intervención del Tribunal Constitucional tras peticiones de PP y Vox, que votaron en contra de la ley en el Congreso y que querían echarla abajo. Pese a haberse admitido a trámite estos recursos, todavía no ha habido resolución. El propio Alberto Núñez Feijóo llegó a asegurar durante la campaña para las elecciones generales del pasado año, que si ganaba derogaría la ley. En cualquier caso, la ley ya es una realidad en España.

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