Tribunal de Cuentas: Los contratos de la COVID fueron "ajustados a derecho" y "con buenas prácticas"

El Tribunal de Cuentas considera que se realizaron los contratos en su mayoría con "buenas prácticas". Se han analizado 152 contratos de 12 ministerios.

Sede del Tribunal de Cuentas
Sede del Tribunal de Cuentas
David Aragonés, Director Adjunto de ConSalud.es
22 marzo 2024 | 11:40 h
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El Tribunal de Cuentas acaba de publicar su memoria del año 2023. En el documento, de más de 200, páginas viene recogido también los contratos analizados durante la pandemia de Covid, entre otros, relativos al año 2020. En concreto, en el anexo del documento hay un informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 por los ministerios del Área de Administración Económica del Estado y sus organismos autónomos. 

El informe tiene en cuenta los contratos realizados por hasta doce ministerios: Agricultura, Economía, Consumo, Derechos Sociales, Hacienda, Seguridad Social, Industria, Transición Ecológica, Trabajo, Transportes y por supuesto, Sanidad. También los organismos autónomos adscritos a cada uno de ellos. El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado en total 78 contratos de suministros por 495 millones, 68 contratos de servicios por 32.7 millones y 6 contratos de obras y otros por 1,2 millones. 

El Tribunal presenta una serie de conclusiones y de recomendaciones para mejorar a la hora de realizar estos trabajos de emergencia. En primer lugar, asegura que, con carácter general, la utilización de la tramitación de emergencia en los contratos examinados "resultó ajustada a Derecho", y en la práctica totalidad de los mismos la gestión del gasto se ajustó "a la legislación presupuestaria y contable". Un informe, que desde luego servirá para la futura comisión de investigación aprobada en el Congreso, y que ayuda a poner en contexto un tema de actualidad que ha generado mucho ruido por el caso Koldo y otros contratos realizados durante la pandemia. 

En líneas generales, el Tribunal de Cuentas habla de buenas prácticas y de contratos ajustados a derecho

El organismo fiscalizador señala que se han detectado "buenas prácticas de gestión" a pesar de que la tramitación de emergencia permite la libre contratación sin necesidad de formar previamente expediente administrativo e incluso la contratación verbal. Y pone datos a esta buena gestión. La mayoría de los contratos fueron por escrito y se buscó concurrencia competitiva: "La formalización por escrito (92 % de los contratos examinados); la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de la concurrencia, o a justificar la existencia de un proveedor único (45 %); la realización de comprobaciones sobre la capacidad y solvencia del contratista (34 %); la justificación del cálculo del presupuesto (49 %) y la inclusión de cláusulas relativas a penalidades (28 %)

Con carácter general, señala el tribunal,  "los precios responden al comportamiento normal del mercado" combinando dos factores: las compras en los momentos iniciales de la pandemia resultaron más caras que las posteriores y las de mayor volumen resultaron más baratas que las de menor volumen.

El Tribunal, eso sí, llama la atención de que en algunos casos los contratos fiscalizados no se avisó a la Intervención Delegada. "No ha quedado acreditado en los expedientes que se diera cuenta a la Intervención Delegada del acuerdo de contratación de emergencia (64 % de los contratos fiscalizados) o al Consejo de Ministros (4 %), o bien estas comunicaciones se hicieron con retraso (respectivamente, 27 % y 29 %)", señala. 

DIVERSOS SUPUESTOS DE INDETERMINACIÓN

No obstante lo anterior, el Tribunal afirma que se han advertido "diversos supuestos de indeterminación" en la documentación obrante en los expedientes, referidos al objeto del contrato (7% de los contratos fiscalizados) y al plazo de ejecución (22%), la falta de relación del objeto social de la empresa adjudicataria con el suministro (4%) y, con carácter general, la falta de designación expresa de un responsable del contrato". También señala que en el 29% de los contratos fiscalizados se omitió alguna de las obligaciones legales sobre la publicación de su adjudicación o formalización y el 49% la publicación se realizó con retraso. 

En cuanto a la ejecución de los contratos, se han detectado supuestos de incumplimiento del plazo legal de un mes para iniciar la ejecución (5% de los contratos fiscalizados) o de falta de acreditación del momento de dicho inicio (4%), abonos a cuenta sin exigencia de garantías sin justificación en el expediente (8%) y modificaciones contractuales sin ajustarse a los límites y requisitos legales (3%).

INCIDENCIAS EN SANIDAD EN EL 21% DE LOS CASOS

Lo expuesto hasta ahora es a nivel de los 12 ministerios examinados. Si nos centramos en el ministerio de Sanidad observamos algunas incidencias (21% de los contratos examinados), tanto de cumplimiento de plazos de entrega del material, como por la entrega de material defectuoso, los cuales han dado lugar a resoluciones de contratos, ampliación de los plazos y demoras en el cumplimiento de los nuevos plazos y requerimientos de reposición de diverso material, en algunos casos aún pendientes de ejecutar. Asimismo, se han detectado supuestos de concentración de adjudicatarios (4 contratos de compra de mascarillas que supusieron el 67% del importe total examinado).

El Tribunal de Cuentas critica la concentración de adjudicatarios: 4 contratos de compra de mascarillas para el 67% del total examinado

RECOMENDACIONES

El Tribunal acaba con una serie de recomendaciones para que las incidencias detectadas no se vuelvan a repetir sabiendo que hablamos de una situación de emergencia. El Tribunal pide que se forme un expediente en el que quede constancia de los documentos que acreditan la situación de emergencia y las necesidades a satisfacer. También que se procure la formalización del contrato por escrito y que aparezca de "la forma más precisa y definida posible" las prestaciones del objeto del contrato. 

Por último recomienda realizar una "verificación de los requisitos de capacidad y solvencia" de los adjudicatarios y, siempre que sea posible, solicitar ofertas de diferentes licitadores y negociar los términos del contrato, así como "proveerse" de referencias de los precios habituales del mercado. 

 

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