Marzo de 2020. Eran los inicios de la pandemia. Belgica prohíbe los viajes no esenciales a países considerados como zonas rojas por la UE e impuso la obligación de someterse a pruebas y hacer cuarentena. Una de esas zonas consideradas como rojas era Suecia.
A raíz de eso, Nordic Info, una agencia de viajes especializada en Escandinavia, canceló todos los viajes programados entre Bélgica y Suecia y, posteriormente, solicitó la reparación de los perjuicios causados por estas cancelaciones. Un tribunal belga cuestionó al TJUE si el Derecho de la Unión se oponía a la normativa belga tras la petición de reparación de la agencia de viajes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo tiene claro, la normativa belga no se opone al derecho comunitario y por tanto los Estados Miembro pueden imponer cuarentena, pueden obligar al ciudadano a realizarse pruebas y también prohibir viajes dentro de la UE siempre "que sean adecuadas para alcanzar el objetivo de salud pública" y se ciñan a "lo estrictamente necesario".
Por tanto el TJUE valida que los Estados miembros prohíban los viajes no esenciales hacia o desde territorios considerados como zonas de riesgo en una pandemia dentro de la UE
Además, confirma que también pueden imponer a las personas que entren en su territorio la obligación de someterse a pruebas de detección y a guardar cuarentena, aunque las normas deben motivarse y ser "claras, precisas, no discriminatorias y proporcionadas", además que deben poder ser objeto de recurso.