Sanidad también da largas a la ley del PP para regular la publicidad sanitaria

En una respuesta parlamentaria, el Ministerio de Sanidad subraya que “no considera necesario una nueva regulación de la publicidad sanitaria, siendo suficientes las disposiciones legales vigentes”.

Carolina Darias, ministra de Sanidad, interviniendo en el Congreso de los Diputados (Foto: Congreso)
Carolina Darias, ministra de Sanidad, interviniendo en el Congreso de los Diputados (Foto: Congreso)

Hace menos de un mes que el Congreso de los Diputadosrechazó la toma en consideración de la Proposición de Ley presentada por el PP relativa a la publicidad de prestaciones y actividades sanitarias. Pese a que los populares denunciaban que existía “una enorme dispersión normativa”, la mayoría de la Cámara votó en contra de admitir el texto a trámite.

Pese a esta negativa mayoritaria, el PP ha insistido en este asunto preguntando al Gobierno si prevé impulsar “alguna medida de utilidad real para regular en algún momento la publicidad sanitaria”. Para ello se han apoyado en el manifiesto firmado hace unos meses por los presidentes de los consejos generales de los colegios oficiales de dentistas, farmacéuticos, médicos y veterinarios.

Sanidad subraya que si una terapia concluye que "no tienen aval científico para ser consideradas técnicas o practicas sanitarias, éstas verán limitadas o prohibidas su publicidad”

Sin embargo, el Gobierno ha sido claro en su réplica. A través de una respuesta parlamentaria, a la que ha tenido acceso ConSalud.es, el Ministerio de Sanidad ha subrayado que “no considera necesario una nueva regulación de la publicidad sanitaria, siendo suficientes las disposiciones legales vigentes”.

Pese a no citar estas normas, Sanidad se sitúa en el mismoposicionamiento que trasladó el PSOE en el pleno del Congreso que debatió la iniciativa. ElviraRamón, diputada socialista, subrayó que aunque podían estar de acuerdo “en el fondo de la cuestión”, estaban en desacuerdo en la forma de abordarlo. A su juicio, no ven “grandes novedades” a la actual regulación.

Así, recordó las leyes en vigor que ya regulan este asunto: la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad; el RD 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios; o el RD 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria.

SIN PUBLICIDAD A LAS PSEUDOTERAPIAS

Al margen de esta breve referencia, Sanidad subraya en su respuesta que avanzan “en el Plan para la protección de la salud de las personas frente a las Pseudoterapias” con la publicación de diferentes informes de evaluación. En este aspecto, comparten que “si concluyen que no tienen aval científico para ser consideradas técnicas o practicas sanitarias, éstas verán limitadas o prohibidas su publicidad”.

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