Una de las grandes reivindicaciones por parte de las enfermeras en España sigue siendo la Ley de Seguridad del Paciente. Si bien ha sido en los últimos meses objeto de revisión por parte del Congreso de los Diputados, con la disolución de las Cortes y las recientes elecciones generales del 23J, la ley continúa estancada. Pero, ¿de qué se trata esta ley?
La ley de Seguridad del Paciente emana de una Proposición de Ley sobre ratios de enfermeras para garantizar la seguridad del paciente en centros sanitarios y otros ámbitos. Esta proposición de ley se gestó por iniciativa legislativa popular (ILP) y fue el sindicato enfermero Satse quien la impulsó. Si bien en diciembre de 2019 se aprobó la tramitación de la norma, ésta sigue sin culminar. De hecho, la toma en consideración se consiguió con 312 votos a favor, 10 en contra y 24 abstenciones.
Su finalidad es clara: regular unas ratios mínimos de profesionales de enfermería con respecto al número de pacientes asignados. La norma respondería además tanto a los servicios sanitarios públicos como a la sanidad privada, y teniendo independencia de la naturaleza jurídica de la prestación de los servicios. En el documento de la ILP se explica que determinar estos ratios “dota de mayor efectividad los derechos de los ciudadanos respecto a las prestaciones sanitarias, refuerza el derecho a la protección de la salud y permite una mejor planificación de los recursos humanos dedicados a los cuidados asistenciales”.
Si bien en diciembre de 2019 se aprobó la tramitación de la norma, ésta sigue sin culminar
Ello permitiría además mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios asistenciales. “Todo ello, tiene como finalidad el garantizar la seguridad de los pacientes”, se explica. En la proposición también se recuerda que ya existe evidencia de que la dotación insuficiente de enfermeras produce incrementos en la mortalidad y morbilidad de los pacientes, por lo que la aprobación de la misma es vital para asegurar una atención adecuada en nuestro sistema sanitario.
Para establecer estos ratios mínimos, la ILP explica que se debe tener en cuenta el proceso de enfermedad y la complejidad de los cuidados, en los que influyen factores como la edad, el estado funcional, cognitivo, emocional y mental, la situación social, el apoyo social y entorno familiar, características de la unidad, necesidad de utilización de equipos especializados y tecnología e intensidad de las intervenciones enfermeras… Todo ello es lo que tiene que condicionar el número de pacientes que debe atender una enfermera según las evidencias disponibles.
La norma también establece que el Gobierno deberá encargarse de revisar periódicamente estos ratios y adaptarlos en el caso de que sea necesario según la coyuntura. De hecho, la proposición de ley plantea que el Ministerio de Sanidad establezca una Comisión Interterritorial de Ratios Enfermeras cuyas funciones, composición y normas de funcionamiento estén reguladas, a su vez, mediante real decreto.
La proposición de ley plantea que el Ministerio de Sanidad establezca una Comisión Interterritorial de Ratios Enfermeras
El documento, además, distingue la determinación de ratios en distintos niveles asistenciales, como el Hospitalario, la Atención Primaria o a Atención Sociosanitaria. En el primero de los casos se establece que, como regla general, se asignará un máximo de seis pacientes por cada enfermera, pudiéndose asignar hasta ocho pacientes en función de las condiciones. Además, en las unidades de cuidados intensivos y áreas de cuidados críticos, la asignación de pacientes por cada enfermera será de un máximo de dos. En este caso, si se trata de unidades coronarias, se podría aumentar hasta tres. En el caso de unidades de reanimación postquirúrgicas, el máximo será de tres. Finalmente, en las áreas quirúrgicas, la asignación de enfermeras por cada quirófano será de tres.
En cuanto a la Atención Primaria, la asignación de población por cada enfermera no deberá superar los 1.500 habitantes, “pudiéndose reducir esta cantidad en función de la tasa e indicadores de complejidad, tales como la edad, la cronicidad, la pluripatología u otras”, se explica. Finalmente, en el ámbito de la Atención Sociosanitaria, y como se trata de un ámbito muy heterogéneo, los ratios los establecería la comisión interterritorial anteriormente nombrada.
Si bien se trata de una ley altamente demandada por los colectivos de enfermeras y aún habiéndose aprobado su tramitación con un amplio apoyo del Congreso de los Diputados, está por el momento paralizada. Y así se encuentra desde hace ya casi cuatro años. De hecho, hace unos meses el sindicato Unidad Enfermera instó al actual ministro de Sanidad, José Manuel Miñones, a que priorizase la aprobación de esta ley. Sin embargo, con la oleada de cambios políticos esta ley ha quedado en standby por el momento, por lo que todavía deberemos esperar, al menos, hasta la conformación del nuevo gobierno para ver avances al respecto.