El Gobierno dará un nuevo impulso a favor de la estabilización en el empleo sanitario. Junto a la medida anunciada por Pedro Sánchez de hacer fijos a 67.000 trabajadores del sector, el Consejo de Ministros prevé aprobar este martes otras actuaciones enfocadas a perseguir la alta temporalidad en el ámbito de la sanidad y que baje del 8%.
En concreto, se aprobará un Real Decreto-ley que servirá para modificar el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de Salud. Se trata de un texto que ha sido pactado con las comunidades autónomas en continuas reuniones del Consejo Interterritorial y a cuyo borrador ha tenido accesoConSalud.es. Con él, el Ministerio de Sanidad y las autonomías esperan reducir progresivamente la precariedad.
El RD-Ley que aprueba el Gobierno modificará el Estatuto Marco del personal sanitario en lo que respecta a la contratación de personal interino, fijando las excepciones
Según esta nueva norma, se dará una nueva redacción a, entre otros, el artículo 9 del Estatuto Marco, afectando exclusivamente al personal estatutario temporal. El objetivo final de este cambio es que no se permitirá que un profesional sanitario interino ocupe un puesto más de tres años, “de forma continuada o interrumpida”, sin que este se convierta en funcionario fijo.
En esta línea, el texto subraya que transcurridos tres años desde el nombramiento de un profesional sanitario interino “se producirá el fin de la relación de interinidad”, de modo que la vacante “solo podrá ser ocupada por personal estatutario fijo”, con la excepción de que en dicho proceso selectivo “no se haya cubierto la plaza en cuestión, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal estatutario interino”.
Del mismo modo, y con carácterexcepcional, el interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, “siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del personal estatutario interino”. En este supuesto, “podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica”.
LÍMITES A LOS CONTRATOS DE INTERINOS
Por otro lado, se definen límites a la contratación de personal interino. Entre ellos, que el nombramiento de personal estatutario temporal será de carácter interino para desempeñar funciones propias de personal fijo cuando “exista una plazavacante y no sea posible su cobertura por personal estatutario fijo durante un plazo máximo de tres años” según recoge el borrador del RD-Ley.
Asimismo, se permitirá este tipo de contratación para llevar a cabo “programasdecaráctertemporal”, los cuales tampoco deberán superar los tres años de duración. Dichos programas, señala el texto, “no pueden ser de naturaleza tal que suponga la ejecución de tareas o la cobertura de necesidades permanentes, habituales de duración indefinida de la actividad propia de los servicios de salud”.
Según el texto, el incumplimiento del plazo máximo de permanencia se compensará con una compensación para el personal afectado, “equivalente a 20 días de sus retribuciones fijas por año de servicio”
También contemplan como supuesto para contratar a personal interino el “exceso o acumulación de tareas” por “un plazo máximo de nueve meses dentro de un periodo de 18 meses”. En todo caso, para todas las circunstancias anteriores, el RD-Ley subrata que una vez se cumplan los tres años “se tramitará la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro”. Y, si no se crea esta plaza, “no podrá hacerse un nuevo nombramiento por la misma causa” en un plazo de dos años.
Otros supuestos para hacer contrataciones temporales serán la “garantía del funcionamientopermanente y continuado” del centrosanitario en cuestión, siendo un nombramiento ligado a “la cobertura de exención de guardias, por razón de edad, o enfermedad, pudiendo sustituir hasta dos personas y siempre que con la plantilla disponible no fuese posible cubrir esta contingencia y respetando los límites legales de la jornada”.
También estará justificado, si se realizan para la “reducción de la jornadaordinaria” de personal fijo “identificando a la persona o personas concretas a quien se complementa la jornada y durante todo el período correspondiente y la modalidad que motiva la reducción”. Finalmente, se permitirá cuando sea necesario para “atender las funciones de personal fijo o temporal durante los periodos de vacaciones, permisos, dispensas y demás ausencias de carácter temporal que comporten la reserva de plaza".
PAPEL DE LAS CC.AA.
Para controlar esta temporalidad, el texto incluye medidas que deberán ser tomadas por las comunidades autónomas, las competentes en materia sanitaria. Ellas serán “responsables” de su cumplimiento y “velarán por evitar cualquier tipo de irregularidad”. En caso de acometerse una anomalía, indica el texto, se exigirán “las responsabilidades que procedan”. Además, el incumplimiento del plazo máximo de permanencia se compensará con una compensación para el personal afectado, “equivalente a 20 días de sus retribuciones fijas por año de servicio”.
Desde CSIF denuncian que esta actuación "no soluciona el déficit estructural" del sector; y CESM tacha de "propagandístico" el anuncio ya que la norma "no habla de estabilización"
A pesar de ello, la Comisión de Recursos Humanos iniciará un “proceso de negociación” en el plazo de tres meses desde que entre en vigor la ley para “la actualización de la presente norma estatutaria en el plazo de seis meses, que podrá ser prorrogable”.
EL SECTOR, CON ESCEPTICISMO
Los anuncios del Gobierno han sido recibidos con dudas por parte del sector sanitario. FernandoHontangas, responsable de Sanidad de CSIF, considera que con esta acción “el déficit estructural que tiene la sanidad sigue existiendo y a corto y medio plazo esto no lo soluciona”. Por ello, han reclamado “otras medidas”, para dar solución a este y otras dificultades como la saturación de las urgencias.
Por su parte, TomásToranzo, presidente del CESM, ha calificado de “totalmente propagandístico” el anuncio. En palabras para ConSalud.es, Toranzo asegura que el RD-Ley que aprueba este martes el Consejo de Ministros “no tiene nada que ver con la estabilización de 67.000 sanitarios” ya que se refiere únicamente a los cambios en los sistemas de contratación temporales mientras que “no habla de estabilización de interinos”.
Mientras, el Consejo General de Enfermería (CGE) ha emitido un comunicado en el que califican de “gran noticia” la medida para “las enfermeras que trabajan como eventuales e interinos, con contratos temporales por días o semanas, sin ningún tipo de estabilidad laboral”.