El Congreso de los Diputados ha votado este miércoles a favor de incorporar una enmienda delPNV al proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE)para 2022 con la que se ampliará la prestación económica por el cuidado de menores con cáncer o con enfermedades graves.
Según la enmienda aprobada, transaccionada entre el PNV y el PSOE y a la que ha tenido acceso ConSalud.es, la ayuda que se da a los “progenitores, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente” para cuidar a los menores de 18 años enfermos se podrá mantener “hasta los 23 años de edad”.
La prestación económica se mantendrá hasta los 23 años si persiste el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave o subsiste la necesidad de hospitalización, tratamiento y cuidado
En concreto, el texto indica que “alcanzada la mayoría de edad, si persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave, diagnosticada antes de alcanzar la mayoría de edad, y subsistiera la necesidad de hospitalización, tratamiento y de cuidado durante el mismo, en los términos y con la acreditación que se exigen (…), se mantendrá la prestación económica hasta los 23 años de edad”.
A través de una rueda de prensa, el portavoz del PNV en el Congreso, AitorEsteban, ha mostrado su “satisfacción” por que la enmienda presentada se haya aprobado. A su juicio, se trata de una cuestión que “es muy importante para miles de familias del Estado español”. Según ha defendido, su grupo ha sido capaz de dar “respuesta” a las demandas sociales que “nos ha hecho llegar la gente”.
MÁS DE 8.000 BENEFICIADOS
De acuerdo con la propuesta aprobada, la prestación se extinguirá “cuando, previo informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente, cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente, del hijo o la persona sujeta a acogimiento o a guarda con fines de adopción del beneficiario, o cuando este cumpla los 23 años”. Desde la formación vasca apuntan que este subsidio “beneficia a unas 8.000 familias en todo el Estado”.
La modificación quedará recogida en la Ley General de la Seguridad Social, en la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
El objeto del mismo es compensar el dinero perdido por los progenitores cuando ven la necesidad de reducir su jornada laboral “de al menos un 50%” cuando se dediquen “al cuidado directo, continuo y permanente del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad”.
La modificación de la extensión de la prestación económica quedará recogida en la Ley General de la Seguridad Social, en la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Igualmente, habrá cambios en el RD 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.