Cs defiende que con su modelo de gestación subrogada “el Supremo dictaría algo muy distinto”

Guillermo Díaz, portavoz de Sanidad de Cs, defiende que el modelo de Ciudadanos “garantiza la libertad y el altruismo”. El Supremo considera que esta práctica trata como “objetos” a madres y niños.

Guillermo Díaz, portavoz de Sanidad de Ciudadanos en el Congreso (Foto: Cs)
Guillermo Díaz, portavoz de Sanidad de Ciudadanos en el Congreso (Foto: Cs)

El portavozdeSanidad de Ciudadanos en el Congreso, GuillermoDíaz, se ha pronunciado este miércoles sobre la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha resuelto que la gestación subrogada o gestación por sustitución “vulnera los derechos de madres gestantes y niños”.

A preguntas de ConSalud.es sobre esta cuestión, Díaz ha defendido que “con el modelo que defiende Ciudadanos, que garantiza la libertad y el altruismo de la gestación, el Tribunal Supremo hubiese dictado algo  muy distinto”.

La formación naranja presentó en 2017 y 2019 su proposición de ley para regular la gestación subrogada en España; en ninguna ocasión se llegó a debatir

La formación naranja es el único partido que ha defendido la regulación de la gestación subrogada en España. De hecho, en varias ocasiones ha registrado una Proposición de Ley en el Congreso para que se debatiera. Sin embargo, tanto la que registró en 2017 como la de 2019 no se llegaron a debatir.

En contra cuenta con el resto del arco parlamentario. Los principales partidos que se oponen a regular esta práctica son el PSOE y Unidas Podemos, formaciones que sustentan al Gobierno y que en su acuerdo de coalición cargaban directamente contra los “vientres de alquiler”. Por su parte, en el PP subrayan que “no es legal” y en Vox apuestan por políticas de adopción y acogimiento “como alternativas al aborto y a los vientres de alquiler”.

“MEROS OBJETOS”

La sentencia del Tribunal Supremo supone la estimación de un recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal sobre un proceso realizado en México a través de un contrato en el que intervino una agencia mediadora. Según, la Fiscalía recurrió una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que “había declarado la filiación materna de una persona que no era la madre biológica de un niño nacido de una gestación por sustitución, sin aportar material genético propio”.

El Supremo argumenta que realizar un contrato de gestación por sustitución "entraña un daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer"

Sobre este caso, el TS argumenta que realizar un contrato de gestación por sustitución “entraña un daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer”, hechos que califica de “inaceptables”. En esta línea, recalcan que ambas personas, el menor y la madre gestante, “son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad”.

En su lugar, arguyen que “la satisfacción del interés superior del menor en este caso conduce a que el reconocimiento de la relación de filiación a la madre comitente deba obtenerse por la vía de la adopción”. Esta vía la califican como una “solución” que “satisface el interés superior del menor como exige el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, al mismo tiempo que “intenta salvaguardar los derechos fundamentales que el citado tribunal también ha considerado dignos de protección, como son los derechos de las madres gestantes y de los niños en general”. 

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