El Congreso, con la Ley del ‘solo sí es sí’: la sanidad perseguirá las violencias sexuales

La Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual recoge medidas de detección e intervención en el ámbito sanitario y de atención médica y psicológica especializada.

Irene Montero, ministra de Igualdad, en el Congreso de los Diputados (Foto: Congreso)
Irene Montero, ministra de Igualdad, en el Congreso de los Diputados (Foto: Congreso)

El Congreso de los Diputados ha dado este jueves la luz verde definitiva a la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual. El texto, impulsado por el Ministerio de Igualdad, regresó a la Cámara Baja tras incorporar en el Senado la modificación de una letra. Finalmente, ha obtenido 205 votos a favor, 141 en contra y tres abstenciones.

La más conocida como Ley del ‘solo sí es sí´ condensa las reivindicaciones del movimiento feminista en los últimos años y pone en el centro de las relaciones sexuales de las mujeres el consentimiento. Junto a ello, la norma incorpora actuaciones que implican al ámbito sanitario. Para Irene Montero, titular de Igualdad, se trata de “un día de victoria” ya que el Estado “aporta un itinerario de atención integral y de reparación para todas las mujeres víctimas de violencias sexuales”.

El Consejo Interterritorial elaborará un "protocolo común de actuaciones" para detectar casos de violencia en los centros sanitarios y, consecuentemente, intervenir

En primer lugar, la ley planteada traslada a las administraciones sanitarias la necesidad de promover la adopción de “medidas para la prevención y sensibilización de las violencias sexuales sobre las personas usuarias de los recursos sanitarios”. Será el Consejo Interterritorial del SNS el que actúe, “respetando” en todo caso la competencia que ejercen las comunidades autónomas sobre la asistencia sanitaria.

En este capítulo también se añade un apartado sobre el impulso de campañas institucionales de concienciación y de información “con el fin de prevenir las violencias sexuales”, las cuales tendrán una especial divulgación “en los medios de comunicación de titularidad pública” y en los centros sanitarios, educativos, sociales, laborales, culturales y deportivos.

PROTOCOLO DE ACTUACIONES Y FORMACIÓN A SANITARIOS

De forma más concisa, el texto recoge medidas para la detección de casos de violencia sexual en el ámbito sanitario y la consiguiente intervención. La principal actuación será la elaboración de un “protocolo común de actuaciones” para los servicios sanitarios que incluya “pautas de detección e intervención” tanto frente a las “violencias recientes como a las producidas en el pasado”.

Este protocolo, que deberá ser desarrollado por la Comisión contra la Violencia de Género del Consejo Interterritorial y con la implicación del Observatorio de Salud de las Mujeres, será “el marco desde el que actualizar y mejorar los protocolos sanitarios autonómicos existentes”. De esta forma, se busca una actuación “homogénea y adecuada” del personal sanitario en el conjunto del país.

Las víctimas tendrán derecho a “atención médica especializada en los centros sanitarios” y psicológica “tanto inmediata como de emergencia” en centros 24 horas

Igualmente, el Consejo Interterritorial también promoverá “la adecuada formación del personal sanitario”. En concreto, se especifica que “las administraciones educativas competentes y las universidades impulsarán la incorporación de contenidos formativos para la prevención, detección, intervención y apoyo a las víctimas de violencias sexuales en los planes de estudios de los títulos universitarios o títulos de formación profesional oficiales del ámbito de las ciencias de la salud en los que resulte coherente conforme a las competencias inherentes a los mismos”.

Del mismo modo, las administraciones públicas “se asegurarán de que los planes de formación continua de las personas trabajadoras del Sistema Nacional de Salud se incluyan temas dedicados a la sensibilización y formación en materia de prevención, detección y actuación en casos de violencias sexuales, así como en el tratamiento de las víctimas de violencias sexuales y sus derechos”.

ATENCIÓN MÉDICA EN CENTROS DE 24H

La ley también recoge el derecho a la asistencia integral especializada y accesible para las personas víctimas de violencia sexual con el fin de que puedan “superar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales o de otra índole” derivadas. Dentro de esta regulación, la norma indica que “al menos” se debe garantizar la “atención médica especializada en los centros sanitarios” y psicológica “tanto inmediata como de emergencia” en centros 24 horas.

Por otro lado, los servicios de salud mental que se presten a las víctimas “deberán ser diseñados con perspectiva de género y derechos humanos”, debiendo garantizar “el consentimiento libre e informado de la mujer para cualquier tratamiento médico”.

Deberá haber personal médico forense disponible "para asegurar que el examen y las actuaciones de interés legal se practiquen a las víctimas sin demoras"

Igualmente, las administraciones podrán fijar “ayudas complementarias” en caso de que las víctimas “no encuentren una respuesta adecuada o suficiente en la red de recursos de atención y recuperación”. Por ejemplo, estas ayudas podrán financiar “los tratamientos sanitarios adecuados, incluyendo los de reconstrucción genital femenina” en caso de que fueran necesarios.

PAPEL DE MEDICINA LEGAL

La Medicina Legal también cuenta con un apartado importante en la ley. Así, el temario de acceso al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses deberá incluir temas dedicados “a la igualdad y la no discriminación por razón de género” y especialmente “a la protección integral contra todas las violencias sexuales”. También los Institutos de Medicina Legal deberán incluir la capacitación para la identificación de estas violencias.

Y en cuanto a la disposición de profesionales, las distintas administraciones deben garantizar “la disponibilidad del personal médico forense para asegurar que el examen y las actuaciones de interés legal se practiquen a las víctimas sin demoras y conjuntamente con el reconocimiento ginecológico preceptivo.

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