"Lacruz se empeña en vulnerar la ley a sabiendas de que Dolores Fraga no puede ser SG de Farmacia"

CSIF critica la insistencia de la directora general de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia, Patricia Lacruz, en el proceso selectivo del nuevo Subdirector General de Farmacia, para presuntamente colocar a su asesora Dolores Fraga.

Patricia Lacruz, directora general de Cartera Común del SNS y Farmacia.
Patricia Lacruz, directora general de Cartera Común del SNS y Farmacia.
CS
29 enero 2021 | 00:00 h

El concurso-oposición para la plaza vacante de la Subdirección General de Calidad de Medicamentos y Productos Sanitarios, puesto bajo la dirección de Patricia Lacruz, directora general de Cartera Básica del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, sigue dando que hablar. 

Como ya publicó ConSalud.esdistintas fuentes cercanas al Ministerio de Sanidad aseguraron a este diario que los funcionarios no se planteban concursar y optar a esta vacante porque se rumorea que la plaza ya estaría adjudicada a Dolores Fraga. Esto habría sentado muy mal entre los trabajadores del Ministerio, provocando la indignación de los sindicatos, entre ellos de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) que considera que es una "muestra más de una Administración politizada".

Fuentes de esta central sindical explican a este diario que, una vez resuelto el concurso de libre designación y tras haber dejado el puesto vacante, se han presentado varios recursos vía administrativa y contencioso ante la Secretaría General de Recursos y Relaciones con la Administración de Justicia (SGRRAJ) del Ministerio de Sanidad y la Sala correspondiente de lo Contencioso Administrativo.

"La SGRRAJ, no ha contestado y ante una nueva prueba el Abogado del Estado ha pedido a la Sala un aplazamiento para su estudio, que le ha sido concedido. Las funciones del Subdirector General de Farmacia han seguido siendo desempeñadas, desde antes del concurso, por una de las diez personas que habían optado al puesto y que reúne todos los requisitos para ocuparlo", indican desde el sindicato.

A este puesto de SG de Farmacia, en cambio, no pudo concursar la vocal asesora, Mª Dolores Fraga Fuentes, al no pertenecer a esta Administración y no reunir los requisitos por lo tanto exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo (RTP).

"¿Cómo no se van a producir fugas de la Administración, con este trato vejatorio a los funcionarios de esta Administración? Prima el clientelismo"

"Pero esta Directora General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia, sigue empeñada en vulnerar las leyes y normas administrativas, encomendado las funciones del SG de Farmacia a la citada asesora a sabiendas que no reúne los requisitos para ocupar el puesto y que la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (Cecir) tampoco ha accedido al cambio de Adscripción del Puesto de SG de Farmacia de AE (Administración del Estado) a A3 (Administración del Estado, de Comunidades Autónomas y Local). ¿Cómo no se van a producir fugas de la Administración, con este trato vejatorio a los funcionarios de esta Administración? Prima el clientelismo", sentencian desde CSIF.

NO REÚNE LOS REQUISITOS

En la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ministerio de Sanidad publicada en el Portal de transparencia el 8 de diciembre de 2020 y con vigencia desde 1 de diciembre de 2020 el puesto de Subdirector de Farmacia (pág. 33 de la RPT) tiene las siguientes características:

Nivel: 30

Complemento Específico: 26.405,82€

Tipo de puesto: Singularizado

Sistema de provisión: Libre designación

Adscripción a Administración: AE (Administración del Estado)

Grupo: A1

Vocal Asesor (pág. 32de la RPT) :

Nivel: 30

Complemento Específico: 21.299, 18€

Tipo de puesto: No Singularizado

Sistema de provisión: Libre designación

Adscripción a Administración: A3 (Administración del Estado, de Comunidades Autónomas y Local)

Grupo: A1

*Se consideraran puestos singularizados aquellos que por su denominación y contenido se diferencian de los restantes puestos del departamento en cada localidad. En todo caso, serán singularizados los puestos correspondientes a jefaturas de unidades orgánicas que tienen atribuidas funciones de producción de actos susceptibles de producir efectos frente a terceros, y aparezcan contenidos en las órdenes de estructura interna. (Orden de 6 de febrero de 1989 por la que se dispone la publicación de la Resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y para la Administración Pública por la que se aprueba el modelo de relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y se dictan normas para su elaboración.)
*Grupo A1. Grupo A: Estar en posesión del Título Universitario de Grado. Subgrupo A1. Se exige tener la titulación de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalente. Los funcionarios del grupo A1 realizarán funciones directivas de gestión, inspección, ejecución, control, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior.

Hay que recordar que la adjudicación a Dolores Fraga incumpliría uno de los requisitos de la citada orden, en el que se indica que el personal estatutario que no ha salido publicado en el BOE, no puede optar a ninguna plaza de la Administración General del Estado, es decir, categoría AE, así como tampoco pueden ocupar plazas reservadas a funcionarios, ni consolidar nivel y grado profesional cuando estén trabajando en la Administración General del Estado, aunque se encuentren en comisión de servicio.

Y es precisamente esto lo que ocurriría con Fraga, cuya designación es personal estatutario, es decir, fijo, y no funcionaria, tal y como recoge el Diario Oficial de Castilla – La Mancha del 2 de junio de 2008. Esto solo puede ocurrir si ningún funcionario se presenta como candidato.

CONCURSO-OPOSICIÓN DESIERTO

Si esto ocurriera, existe la posibilidad de abrir la plaza al personal estatutario, siempre y cuando la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (Cecir) considera que está justificada la pertinencia de apertura al grupo A3 (Administración del Estado Autonómica y Local).

No obstante, para que esto pueda ocurrir es necesario que en la resolución del concurso se deje la plaza sin adjudicar a ningún funcionario de la Administración General del Estado, de entre los candidatos que se hayan presentado, con objeto de poder justificar ante la Cecir la necesidad de cambiar la clasificación y poder buscar nuevos candidatos en otras administraciones.

El departamento que dirige Patricia Lacruz emitió un “informe motivado” en la resolución en la cual declaraba desierto el puesto

Pues bien, ha sido justo lo que ha ocurrido. El pasado 15 de agosto de 2020 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden SND7798/2020, de 9 de julio, por la que se declara desierto el puesto de trabajo de libre designación de Subdirector de Farmacia que había sido convocado el 28 de enero (EN el BOE de 1 de febrero)

La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad emitió un “informe motivado” en la resolución en la cual declaraba desierto el puesto, según consta en la Orden.

En dicho informe del departamento que dirige Patricia Lacruz se especifican tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento, como los méritos y capacidades que los candidatos solicitantes han de reunir para el desempeño del puesto de trabajo.

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