“El acceso al Sistema Nacional de Salud en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho primordial de toda persona”, con estas palabras arranca el Real Decreto para devolver la universalidad a la sanidad. Así aparece en el texto que este lunes ha publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE).
“La garantía del ejercicio de este derecho y la protección efectiva de la salud de la ciudadanía cobra aún mayor importancia cuando quienes se ven privados de una asistencia sanitaria normalizada son colectivos de una especial vulnerabilidad, amenazados por la exclusión social, como es el caso de la población extranjera no registrada ni autorizada a residir en España”, continúa el texto.
La normativa aprobada este viernes durante el Consejo de Ministros será efectiva este martes, aunque serán las CC.AA. las encargadas de fijar qué procedimientos deberán seguir las personas extranjeras para solicitar ser atendidas y cómo será el documento acreditativo para que puedan recibir asistencia sanitaria.
Las CC.AA. serán las encargadas de fijar qué procedimientos deberán seguir las personas extranjeras para solicitar la atención sanitaria
De esta forma y como aseguró Carmen Montón, ministra de Sanidad, el nuevo Real Decreto “corrige la exclusión a colectivos que quedaron fuera de la atención sanitaria tras la aprobación del RD de 2012”. Precisamente, el nuevo RD hace alusión al de 2012: "La norma dejaba fuera de la atención sanitaria con cargo a fondos públicos a personas adultas no registradas ni autorizadas a residir en España. La prestación sanitaria quedó así limitada a la asistencia en caso de urgencia por enfermedad grave o accidente hasta la situación de alta médica y a la asistencia durante el embarazo, parto y posparto".
Además, en el texto publicado en el BOE se pone de manifiesto que "la exclusión del colectivo de personas adultas no registradas ni autorizadas a residir en España del derecho de protección a la salud y a la atención sanitaria no ha sido acorde con los antecedentes normativos existentes en nuestro país ni con los diversos compromisos internacionales adquiridos".
Con respecto al copago, la población extanjera no registrada ni autorizado como residentes en España deberá pagar un 40 por ciento del precio de los medicamentos y productos sanitarios que necesiten.