El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un acuerdo por el que se procede al desistimiento del recurso contra el apartado cinco del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 8/2021, de modificación de la Ley 8/2008, de Salud de Galicia.
Con anterioridad, al considerar que “podría ser inconstitucional el apartado cinco de la Ley 8/2021 sobre aplicación de medidas preventivas, de obligado cumplimiento, cuando existiera o se sospechara sobre la existencia de un riesgo inminente y grave para la salud de la población”, el Gobierno interpuso un recurso ante el Tribunal Constitucional, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, y que fue admitido a trámite el 20 de abril de 2021.
El nuevo texto deja a salvo "el carácter voluntario de la vacunación con carácter general y siempre de acuerdo con lo establecido por la Administración General del Estado en el ejercicio de sus competencias"
De forma posterior a la interposición del recurso de inconstitucionalidad, tras varias reuniones del Ministerio de Política Territorial con la Xunta de Galicia, el 29 de julio de 2021, la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia alcanzó un acuerdo y, para su cumplimiento, la Comunidad Autónoma de Galicia aprobó la Ley 18/2021, de medidas fiscales y administrativas, publicada el 21 de diciembre de 2021, cuyo artículo 34 modifica la Ley 8/2008, de Salud de Galicia, que originó el recurso del Gobierno.
Por tanto, el nuevo texto se ajusta al acuerdo alcanzado, dejando a salvo el carácter voluntariode la vacunación con carácter general y siempre de acuerdo con lo establecido por la Administración General del Estado en el ejercicio de sus competencias de coordinación general de la Sanidad, en la estrategia nacional de vacunación vigente en cada momento y en el marco de lo que determine el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
De esta forma, el Gobierno considera que “habiéndose producido la modificación legislativa por parte de la Comunidad Autónoma de Galicia, se dan los fundamentos necesarios para proponer al Presidente del Gobierno el desistimiento del recurso de inconstitucionalidad, cumpliendo así la Administración General del Estado el acuerdo alcanzado en la Comisión Bilateral”.