El Tribunal Constitucional sigue atendiendo la agenda sanitaria. Ya en sus primeras semanas, el TC, en una nota de prensa aseguraba que su intención era acelerar la resolución de los asuntos, tanto los que tienen más antiguedad como los que "acarrean mayor repercusión social y política". Entre estos asuntos se encuentran tanto la ley del aborto como la ley trans sobre la que ya se ha pronunciado al igual que avaló el pasado marzo la ley de eutanasia.
El pasado mes de mayo conocíamos que los magistrados del TC, con mayoría progresista, avalaban de forma definitiva la ley del aborto de 2010, la aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Lo hacía sin mencionar los cambios que contiene la nueva ley del aborto aprobada por el Gobierno de coalición con Irene Montero en el ministerio de Igualdad. Hoy, hemos conocido que el Pleno del TC ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados de Vox en el Congreso contra diversos preceptos de la Ley 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Los recurrentes sostienen que la norma impugnada podría vulnerar diversos preceptos constitucionales, entre otros, el principio de libertad y pluralidad (1.1 CE), el de legalidad (9.3 CE), el derecho a la igualdad (14 CE), el derecho a la vida (15 CE) o el derecho a la libertad ideológica (16.1 CE).
LA LEY TRANS ATACADA POR PP Y VOX
También en mayo el Constitucional admitió a trámite un recurso de inconstitucionalidad de VOX contra la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. VOX cree, en primer lugar, que se lesiona el derecho a la salud pública de los menores y que impide a los tribunales desarrollar su labor de tutela de los derechos fundamentales al impedir "extraordinariamente" e incluso "impedir" que los padres presten la asistencia debida a sus hijos durante la minoría de edad. Se vulneraría aquí el artículo 39 de la Constitución, siempre según Vox, que habla del principio de protección integral de los hijos.
Hoy, hemos conocido que el TC ha admitido a trámite el recurso del PP contra los artículos 19.2; 43, apartados 1 y 2; 44, apartados 3 y 9; 47, primer párrafo y 79, apartados 3 b), 4 e) y 4 f) de la citada ley. Los demandantes alegan que los artículos citados podrían lesionar, entre otros, el art. 9.3 CE (principio de seguridad jurídica), el art. 10.1 CE (libre desarrollo de la personalidad) en relación con el 15 CE (derecho a la integridad física), el art. 14 (derecho a la igualdad) o el art. 39.4 CE (protección de la infancia prevista en los acuerdos internacionales sobre la materia).