El Consejo de Ministros celebrado este martes ha dado luz verde al Real Decreto que regula la jubilación de las personas con discapacidad superior al 45%. Esta medida, que se enmarca dentro de las recomendaciones del Pacto de Toledo, "mejora las condiciones para que las personas con discapacidad puedan acceder a la jubilación anticipada". Así lo ha dado a conocer el Ministro de Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
Concretamente, esta medida tiene que ver con el período que estas personas tienen que haber cotizado a la Seguridad Social después de haber sido diagnosticadas de su patología para que puedan acceder a la jubilación anticipada. "La reducimos de forma sustantiva de 15 a cinco años", ha explicado Escrivá.
A la hora de determinar el grado de discapacidad, que es de al menos del 45% para acceder a esta jubilación, se podrán acumular dos tipos de patologías distintas
Asimismo, a la hora de determinar el grado de discapacidad, que es de al menos del 45% para acceder a esta jubilación, "se podrán acumular dos tipos de patologías distintas y superar este 45%.
La tercera de las medidas dentro de esta nueva regulación hace referencia a simplificar la determinación de las patologías que dan lugar a la jubilación anticipada. Anteriormente se requería un informe del IMSERSO, actualmente será suficiente un informe médico. La lista de patologías, además, se podrá ahora modificar a través de una orden minsiterial, "con lo que agilizamos y facilitamos el proceso" de determinar patologías adicionales.
Escrivá ha asegurado que esta norma está consensuada con las personas con discapacidad para "ser lo más precisos posible".
Por otro lado, se ha aprobado un segundo real decreto que amplía las opciones para aquellas personas que quieran prolongar voluntariamente su vida laboral, mediante una fórmula mixta que permite combinar los dos tipos de incentivos vigentes: la posibilidad de percibir un pago único ("cheque") y un incremento de su pensión.