Este martes se ha aprobado en Consejo de Ministros el Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Lucha contra el Dopaje en el Deporte de 2021. El objetivo, según explican desde el Gobierno, es dotarla de "mayor eficacia, eficiencia y seguridad, y obliga, entre otros aspectos, a indicar a los deportistas su lugar de entrenamiento habitual.
El texto completa la adecuación de la labor y funciones de la Comisión Española de Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD) a la citada Ley y formaliza la plena adaptación del ordenamiento jurídico español a la normativa internacional de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
A su vez, este nuevo Real Decreto deroga el texto normativo anterior de 2009 y actualiza todos los procedimientos de planificación de controles antidopaje para hacerlos mucho más efectivos.
En su articulado se establecen los criterios para conformar el 'Grupo Registrado de Control', el grupo de deportistas que está obligado a indicar a la CELAD su localización habitual diaria durante una hora al día en la que pueden ser sometidos a un control antidopaje.
Como principal novedad, contempla la creación de un nuevo Grupo de Control de deportistas, quienes estarán sometidos a un seguimiento específico fuera de competición
Como novedad, el Real Decreto aprobado este martes crea un segundo grupo, el denominado 'Grupo de Control', integrado por un conjunto más numeroso de deportistas que estarán obligados a indicar su localización de entrenamiento habitual. A diferencia de los deportistas incluidos en el Grupo Registrado de Control, los integrantes de este segundo grupo no podrán ser sancionados ante eventuales faltas de localización.
Además, el Real Decreto regula los procesos de recogida y extracción de muestras antidopaje permitiendo a la CELAD la aplicación del método conocido como 'toma de muestra con gota de sangre seca', un nuevo sistema de extracción y transporte de muestra sanguínea más eficiente que el método tradicional.
AGILIDAD EN LA TOMA DE MUESTRAS
El Real Decreto regula los equipos de recogida de muestras para hacerlos más ágiles, más eficaces y eficientes y, con mayor detalle, la habilitación de las personas que componen esos equipos.
En esta línea, contempla que la CELAD y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas podrán suscribir convenios que permitan el desarrollo de sistemas de reconocimiento mutuo de habilitaciones de agentes de control de dopaje. Además, incluye disposiciones relativas al Pasaporte Biológico que complementan su regulación como método de prueba válido ante la comisión de infracciones de la normativa antidopaje.
El RD contempla que la CELAD y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas podrán suscribir convenios que permitan el desarrollo de sistemas de reconocimiento mutuo de habilitaciones de agentes de control de dopaje
Por último, el texto normativo regula la puesta en marcha de programas de educación y concienciación social para prevenir conductas prohibidas en el deporte.
Este Real Decreto aprobado por el Gobierno responde a la "constante necesidad de actualización del marco jurídico" de la lucha contra el dopaje para adecuarlo a una realidad tan cambiante como consecuencia de la celeridad con la que se producen nuevos descubrimientos científicos, técnicos y metodológicos que permiten ganar terreno en la detección y represión de las prácticas dopantes y en la protección de un deporte limpio, señala el CSD en un comunicado.