Estado de alarma: Illa confirma que las restricciones sobre Madrid “serán las mismas”

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha subrayado que el estado de alarma aprobado sobre Madrid dará cobertura a “las mismas restricciones que estaban vigentes” en esta región. Estarán en vigor durante 15 días.

Salvador Illa, ministro de Sanidad (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa) | En el vídeo interior, declaraciones del ministro del ramo
Salvador Illa, ministro de Sanidad (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa) | En el vídeo interior, declaraciones del ministro del ramo

El Consejo de Ministros, reunido de forma extraordinaria este viernes, ha aprobado la declaración del estado de alarma sobre la Comunidad de Madrid. Sin embargo, el Gobierno central ha afirmado que lo que realmente se ha hecho es dar “cobertura jurídica” a las medidas de restricción de movilidad “ya vigentes” en esta región sobre Madrid y otros nueve municipios madrileños y cuya ratificación fue denegada este jueves por el TSJM.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha reiterado que el estado de alarma durará 15 días e incluirán las “mismas medidas que estaban vigentes ayer, exactamente las mismas, ni una más ni una menos”. El objetivo, según Illa, es “estabilizar la pandemia” y también “evitar que en este puente se difunda el virus sin control por el resto del país”. Para ello, se desplegarán más de 7.000 efectivos, según ha avanzado Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior.

Las medidas se aplicarán sobre Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz

Durante su intervención, el titular de Sanidad ha resaltado que “se ha llegado a esta situación porque no se ha actuado antes por parte de la Comunidad de Madrid”. A su juicio, “lo importante no es entrar en disputas jurídicas” sino actuar conjuntamente para “proteger la salud de los madrileños y del resto de los ciudadanos del país”.

La decisión que ha adoptado el Consejo de Ministros es una de las tres opciones que propuso este jueves el presidente del Gobierno, Pedro Sanchez, a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. En línea con lo aprobado, Moncloa defendía un día antes que la orden había sido revocada “por razones no de fondo sino de mera habilitación legal para adoptarlas”

MEDIDAS DE RESTRICCIÓN

Como ha informado Salvador Illa, las medidas que tendrán el respaldo del estado de alarma serán las mismas. Así, seguirán aplicándose sobre las siguientes localidades: Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. El único municipio que se cae es Alcalá de Henares, al contar con mejores datos que hace dos semanas. Dentro de la propia ciudades, los habitantes podrán moverse sin problemas.

Sobre estas localidades, las restricciones serán las siguientes:

1.- Restringir la entrada y salida de personas, salvo desplazamientos "adecuadamente justificados": asistir al centro de salud, trabajo, centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos.

También para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables; realización exámenes o pruebas oficiales también "inaplazables"; por causa de fuerza mayor, entre otros.

2.- Limitación a seis personas en reuniones de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo si son convivientes, y en actividades laborales e institucionales o en que se establezcan límites o medidas específicas.

3.- El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

4.- Aforo máximo en velatorios de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes; en la comitiva fúnebre de enterrar o despedida para la cremación de la persona fallecida será un máximo de quince personas.

5.- Se reduce al 50% el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

6.- En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo permitido no podrá superar el 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores, en tanto que el consumo en barra no estará permitido.

Las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y a las demás mesas y el grupo que se siente no será superior a las seis personas.

No se admitirán nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, "a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio".

7.- El aforo máximo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50%.

8.- En las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60% mientras que las de interior será del 50%.

9.- Otras actividades, servicios e instalaciones: el aforo máximo será del 50% salvo que se prevea uno inferior.

10.- Las comunidades con municipios afectados reforzarán sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19.

11.- En lo que respecta a los parques y jardines, la Orden ministerial contempla su apertura para los 10 municipios afectados.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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