La Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos Personales ha acordado no admitir a trámite la reclamación presentada contra Quirónprevención por parte de Facua.
Esta decisión llega tras analizar las razones expuestas por la compañía y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), según apunta la resolución a la que ha tenido acceso Servimedia.
La Agencia Española de Protección de Datos Personales ha acordado no admitir a trámite la reclamación presentada contra Quirónprevención por parte de Facua
Desde la asociación habían denunciado a la empresa ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por utilizar ilegalmente datos de los trabajadores para ofertarles nuevos servicios sin haber dado previamente su consentimiento, aunque, finalmente, no se ha admitido la reclamación.
Más concretamente, hacían referencia a una presunta vulneración del Artículo 5.1.b) del RGPD, relativo al deber de confidencialidad, el Artículo 6.1 del RGPD, referente al Tratamiento basado en el consentimiento del afectado y el Artículo 9 del RGPD, vinculado con las categorías especiales de datos.