Acuerdo Consejo-Parlamento para activar el papel de la UE contra futuras crisis sanitarias

El nuevo Reglamento sobre amenazas transfronterizas graves para la salud potenciará el intercambio de información entre las instituciones europeas y los Estados miembros.

Pleno del Consejo Europeo (Foto: CE)
Pleno del Consejo Europeo (Foto: CE)

La reunión de los líderes de los 27 Estados Miembros, que se está celebrando en Bruselas, ha celebrado un pacto relevante frente a las futuras amenazas transfronterizas para la salud. En concreto, el Consejo y el ParlamentoEuropeo han alcanzando un acuerdo provisional sobre el reglamento que blindará a la Unión Europea frente a crisis como la Covid-19.

Entre las principales medidas que se incluirán en la nueva regulación jurídica será la puesta en marcha de un Plan Europeo contra las crisis sanitarias y pandemias. Según esta acción, se aprobarán disposiciones para el intercambio de información, la alerta precoz y la gestión de riesgos entre el nivel comunitario y el nivel nacional.

El plan permitirá a la Comisión Europea activar mecanismos para hacer seguimiento de la escasez de medicamentos o reforzar el apoyo al ECDC

Por su parte, los Estados miembros deberán desarrollar planes con “datos similares” con el objeto de que puedan coordinarse mejor entre así y con la Comisión Europea “para garantizar la coherencia de su plan con el de la UE”. El propósito es fijar “un marco coherente y compartido de preparación y respuesta” ante próximas crisis.

Otras de las actuaciones más destacadas son la habilitación a la ComisiónEuropea para que pueda reconocer una emergencia de salud pública a escala de la UE. Esto permitirá, entre otras acciones, poner en marcha mecanismos para hacer seguimiento de la escasez de medicamentos o reforzar el apoyo del Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

COMITÉ DE SEGURIDAD SANITARIA

Por otro lado, el Consejo y el Parlamento Europeo han acordado que el Comité de Seguridad Sanitaria deberá desempeñar “un papel de coordinación” de las acciones de la Comisión Europea y  de los Estados miembros a la hora de ejecutar el Reglamento sobre las amenazas transfronterizas para la salud.

Este Comité de Seguridad Sanitaria podrá adoptar dictámenes y orientaciones sobre medidas de respuesta para la prevención y el control de una posible amenaza o crisis sanitaria. Y en caso de que este organismo vote para adoptar sus orientaciones, “la decisión se adoptará por mayoría de dos tercios”.

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