Los pediatras recuerdan que los menores extranjeros no acompañados necesitan protección

El hecho de ser menores y no estar acompañados de una persona adulta (lo que ha dado lugar a la denominación ''mena'') sitúa a estos niños automáticamente en una situación de desamparo y de riesgo.

Pediatra (Foto. Freepik)
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CS
1 agosto 2019 | 12:30 h
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La Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap) ha lanzado una declaración de apoyo a los menores extranjeros no acompañados en la que recuerda que, ante todo, se trata de niños y adolescentes que se encuentran solos en nuestro país, separados de sus padres y que tampoco están bajo el cuidado de ningún otro adulto, lo que obliga a la sociedad a extremar su protección y cuidado.

Y es que, el hecho de ser menores y no estar acompañados de una persona adulta (lo que ha dado lugar a la denominación ''mena'') sitúa a estos niños automáticamente en una situación de desamparo y de riesgo, ''lo que plantea la necesidad de garantizar la máxima protección que marcan la legislación española y los convenios internacionales relativos a la protección de los menores de edad. Esta obligación jurídica, ética y humana, involucra a todos las administraciones públicas a nivel estatal, autonómico y municipal, y a toda la sociedad civil, incluido el conjunto de profesionales sanitarios'', ha señalado el doctor José Ignacio Pérez Candás, portavoz de AEPap.

En España, el fenómeno de los menores extranjeros no acompañados está mayoritariamente asociado a niños y adolescentes procedentes de los países del Magreb, fundamentalmente de Marruecos y Argelia. Sin embargo, hay menores no acompañados procedentes de países del este de Europa, del África Subsahariana, de Siria, y otros.

El hecho de ser menores y no estar acompañados de una persona adulta (lo que ha dado lugar a la denominación ''mena'') sitúa a estos niños automáticamente en una situación de desamparo y de riesgo

Aunque los especialistas de AEPap reconocen que no es un fenómeno fácil de cuantificar, los datos de la memoria de la Fiscalía de Menores de 2016 (correspondiente al ejercicio de 2015) apuntaban a la presencia de 3.660 menores de origen extranjero no acompañados en España y bajo la tutela de las comunidades autónomas.

Según datos de Unicef, nuestro país registró el año pasado 65.300 llegadas de extranjeros irregulares, de las cuales más de 6.000 corresponden a niños, niñas y jóvenes no acompañados que llegaron por la frontera sur. Una reciente publicación que cita datos aportados por el Defensor del Pueblo, en diciembre de 2018 el número de estos menores registrados era de 13.012, de los cuales el 63% son marroquíes. Se trata, pues, de un fenómeno que durante los últimos dos años ha crecido sustancialmente.

Cuando llegan a suelo español (sea cual sea el modo de llegada), el primer problema al que se enfrentan estos niños y adolescentes si no cuentan con documentación (algo habitual), es determinar si son menores de edad, algo con obvias dificultades en el caso de los adolescentes de 16 y 17 años. ''Un menor clasificado por error como mayor de edad inicia un camino de inseguridad y desamparo sin fin, por lo que es necesario que los servicios de fronteras cuenten con los medios necesarios y procuren la máxima fiabilidad y celeridad para cumplimentar estas tareas previas'', ha alertado el doctor Pérez Candás.

Según datos de Unicef, nuestro país registró el año pasado 65.300 llegadas de extranjeros irregulares, de las cuales más de 6.000 corresponden a niños, niñas y jóvenes no acompañados que llegaron por la frontera sur

Cuando las pruebas determinan que se trata de menores de edad y no es posible la devolución voluntaria a sus familias en su país de origen, comienza un proceso de acogida tampoco exento de dificultades. Algunos ejemplos son los centros de menores especializados que a menudo no cuentan con suficientes medios para asegurarles una asistencia digna. Finalmente, llega la siguiente dificultad, la falta de apoyo a su integración una vez que cumplen la mayoría de edad.

La Convención sobre los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989, ratificada por España en 1990, establece que ''los Estados reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios''. La atención a los problemas de salud mental está expresamente contemplada como una obligación más de los Estados firmantes de la Convención sobre los Derechos del Niño.

El modelo de atención a estos menores en las distintas CCAA no es homogéneo, y los sistemas de protección infantil han tenido que adaptarse rápidamente al reciente y creciente fenómeno de los menas, casi siempre con recursos muy limitados. No se trata solo de procurarles alojamiento, manutención, educación y sanidad, se trata sobre todo de construir vínculos con la sociedad de acogida.

Mientras se lleva a cabo el proceso de tutela, los adolescentes se alojan en ''hogares de urgencia'', aunque la realidad es muy dura en muchas ciudades, pues no cuentan con los recursos suficientes y con frecuencia estos menores son alojados en instalaciones policiales que no están preparadas para esta función.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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