Un paciente que acudió a la sanidad privada tras cinco operaciones en la pública no será indemnizado

Así lo recoge el dictamen que, a instancias de la Consejería de Salud de Murcia, ha emitido el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM).

Paciente y doctor (Foto. Freepik)
Paciente y doctor (Foto. Freepik)
CS
7 agosto 2019 | 20:00 h

Un paciente que, descontento con la sanidad pública tras cinco operaciones insatisfactorias en la rodilla, acudió a un centro privado, no será indemnizado por la vía de la responsabilidad patrimonial de la administración porque su caso no suponía un riesgo vital para él.

Así lo recoge el dictamen que, a instancias de la Consejería de Salud de Murcia, ha emitido el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) en el que se propone desestimar la reclamación al no considerar probado que haya existido una mala práctica médica en la atención prestada en el hospital Virgen del Castillo de Yecla.

Los hijos del paciente, en la reclamación que presentaron contra el Servicio Murciano de Salud (SMS), aludían que la atención recibida por este no fue la debida, ya que tras someterse en abril de 2013 a una operación de prótesis de rodilla tuvo que pasar hasta en otras cuatro ocasiones por el quirófano.

Un paciente que, descontento con la sanidad pública tras cinco operaciones insatisfactorias en la rodilla, acudió a un centro privado, no será indemnizado

Por ello, cuando le indicaron que debía ser operado por sexta vez en el mismo centro hospitalario, se negaron a ello y pidieron ser atendidos en otro privado.

En este sentido, el dictamen del CJRM señala que los informes aportados a las actuaciones descartan la existencia de una mala práctica, y, en concreto, el de la Inspección Médica recalca que surgieron una serie de complicaciones durante el tratamiento, contenidas en el consentimiento informado que suscribió en repetidas ocasiones.

Según el CJRM, no había un riesgo vital que aconsejara al paciente y su familia acudir a la medicina privada, aunque considera "humanamente comprensible" que lo hicieran acuciados, como estaban, por una patología de rodilla que no evolucionaba positivamente.

Sin embargo, añade que de ello no puede derivarse una responsabilidad patrimonial para la administración sanitaria.

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