Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 1.174.202 euros a un niño de 3 años, que sufrió una "gravísima" parálisis cerebral durante el parto en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla. Además, deberá pagar 154.110 euros, más intereses y costas, a la madre, de 38 años, por las secuelas psicológicas que ha sufrido como consecuencia de la negligencia en la atención médica.
La sentencia, que es firme, ha sido dictada por el juzgado de primera Instancia número 14 de Sevilla y la Sección Octava de la Audiencia Provincial sevillana y ha sido tramitada por los servicios jurídicos de la asociación de El Defensor del Paciente. Según ha informado dicha asociación en un comunicado, se condena a la aseguradora del SAS, Zurich Insurance PLC, a indemnizar al niño sevillano y a su madre por las graves secuelas que se le ocasionaron en el parto.
La madre, de 38 años, sufre secuelas psicológicas como consecuencia de la negligencia en la atención médica
Los hechos ocurrieron en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla, dependiente del SAS, el 25 de noviembre de 2014, fecha en que la madre estando ya cumplidas las 41 semanas y cinco días de gestación acudió a este hospital para provocarle el parto. Según explica la Asociación, la mujer tenía una cesárea anterior y todo ello -parto inducido, cesárea anterior, epidural- requería el máximo control del feto.
Sin embargo, el control del bienestar fetal fue pésimo, al punto de que las gráficas de monitorización mostraron en pocas horas y en más de una ocasión que existía sufrimiento fetal sin que el hospital reaccionara. En un momento dado, la matrona llamó al obstetra, quien supuestamente dio la orden, por teléfono, de que le pusieran oxitocina sin ver a la parturienta, según el comunicado.
El bebé no nació hasta pasadas las 06:00 horas de la mañana, en un parto "traumático" mediante ventosa, y "en unas condiciones lamentables", con una gravísima parálisis cerebral, que hacen del pequeño un niño absolutamente dependiente, indica la Asociación. La aseguradora del SAS reconoció la negligente asistencia en el parto, pero consideró que al bebé solo había que indemnizarlo con la cantidad de 348.384 euros, dado que tenía pocas expectativas de vida. Este argumento fue considerado "insólito" por la magistrada de primera instancia y por la Audiencia Provincial de Sevilla, que consideró "inaudito indemnizar en función de lo que uno cree que puede vivir un ser humano".