El último informe publicado por el Ministerio de Sanidad (16 de julio de 2021) sobre el avance de la Estrategia Nacional de Vacunación contra la COVID-19, revela que más de 23,3 millones de personas (49,3%) ya han completado la pauta de inmunización en nuestro país. La cifra de vacunados completos avanza a buen ritmo en nuestro país en un contexto en el que la incidencia acumulada continúa disparada tras varias semanas en las que los contagios no parado de crecer, especialmente entre los grupos poblacionales más jóvenes.
La quinta ola de la pandemia en la que nos encontramos inmersos es diferente a todas las anteriores. España cuenta con un porcentaje de población completamente vacunada cada día más elevado pero los contagios no paran de sucederse. Una ecuación en la que aumentan las posibilidades de que una persona que ya haya completado la pauta de vacunación pueda convertirse en un contacto estrecho de un caso positivo por COVID-19 os sospechoso de serlo. ¿Deben guardar cuarentena los vacunados?
Para responder a esta pregunta lo primero que debemos tener claro es que las vacunas no evitan las infecciones. Los distintos sueros que se están inoculando han demostrado su seguridad y eficacia a la hora de reducir los riesgos de enfermedad moderada y/o grave en caso de infección por SARS-CoV-2, minimizando así las posibilidades de ingreso hospitalarios, en UCI y fallecimiento. Por lo tanto, una persona completamente vacunada puede infectarse y, aunque curse la infección de forma leve o asintomática gracias a la inmunidad generada (la eficacia de las vacunas es superior al 90% por lo que un 10% de los vacunados continúa siendo susceptible de complicaciones), infectar a otras personas.
Si ponemos el foco en la última actualización de la “Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19”, documento elaborado por el Ministerio de Sanidad, el punto 2.2 explica las consideraciones especiales en el manejo de los contactos y se detallada qué sucede con los contactos vacunados.
“Las personas que han recibido una pauta de vacunación completa y sean consideradas como contacto estrecho estarán exentas de la cuarentena”, recoge el referido documento indicando que se les realizará un seguimiento con pruebas PCR o de otro tipo si no fue posible la primera.
“Idealmente se realizarán dos pruebas, una al inicio y otra alrededor de los siete días del último contacto con el caso confirmado. Si esto no fuera posible, se recomienda realizar al menos una prueba en el momento que lo indiquen los responsables de salud pública de cada CCAA. Se recomendará evitar el contacto con personas vulnerables”, y se les “indicará el uso de mascarilla en sus interacciones sociales, no acudir a eventos multitudinarios y realizar una vigilancia de la posible aparición de síntomas compatibles”.
En caso de manifestación de síntomas asociados con la COVID-19 Sanidad señala que “pasarán a ser considerados casos sospechosos”
En caso de manifestación de síntomas asociados con la COVID-19 Sanidad señala que “pasarán a ser considerados casos sospechosos”. En este caso “deberán hacer autoaislamiento inmediato en el lugar de residencia y contactar de forma urgente con el responsable que se haya establecido para su seguimiento o con el 112/061 indicando que se trata de un contacto de un caso de COVID-19”.
¿CUÁNDO DEBEN REALIZAR CUARENTENA LOS VACUNADOS?
El documento elaborado por el Ministerio de Sanidad contempla una serie de escenarios en los que una persona completamente vacunada y que sea contacto de un caso positivo o sospechoso de serlo, deberá guardar cuarentena:
- Contactos de casos vinculados a brotes producidos por variantes Beta y Gamma. En los casos esporádicos, la información sobre variantes normalmente no está disponible al inicio del diagnóstico, por lo tanto, únicamente podrá realizarse cuarentena si se dispone de esta información de forma oportuna.
- Personas con inmunodepresión.
- Contactos de aquellos casos en los que se sospeche una transmisión a partir de visones.
TRABAJADORES SANITARIOS, EXENTOS DE CUARENTENA
Las personas trabajadoras de centros sanitarios o sociosanitarios, estarán exentas de la cuarentena si están vacunadas y utilizan EPIs adecuados siguiendo lo establecido en el Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2.
En cualquier caso, se tendrá en cuenta la unidad hospitalaria en la que desarrollan su actividad asistencial (unidades hospitalarias con pacientes especialmente vulnerables como por ejemplo hematología, UCI, oncología o unidades de quemados) pudiendo valorar cada caso si es necesario.
Las autoridades de salud pública, podrán establecer excepciones a esta recomendación en determinados ámbitos, como pueden ser los centros penitenciarios, donde a la población penitenciaria vacunada, se les podrá recomendar realizar cuarentena.