Sanidad publica en el BOE las condiciones de la fase 1

El Ministerio de Sanidad da a conocer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Sede del Ministerio de Sanidad (Foto: ConSalud.es)
9 mayo 2020 | 11:00 h
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El Ministerio de Sanidad da a conocer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

La orden se aplica a todas aquellas actividades que se desarrollen en las unidades territoriales que han pasado a dicha fase, tal y como ayer el ministro de Sanidad anunció en rueda de prensa.

Esta orden se aplicará a todas las actividades que se desarrollen en los territorios anunciados ayer por Sanidad que pasan a la fase 1

Las personas vulnerables a la Covid-19 también podrán hacer uso de las habilitaciones previstas en esta orden, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección.

No podrán hacer uso de dichas habilitaciones, ya sea para reincorporarse a su puesto de trabajo o para acudir a los locales, establecimientos, centros, lugares de espectáculos o realizar las actividades a que se refiere el texto publicado, las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por la Covid-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de coronavirus. 

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