Sanidad plantea usar mascarillas en los paseos por la playa y si no hay distancia

ConSalud.es ha tenido acceso al borrador que el Ministerio de Sanidad ha enviado a las comunidades autónomas sobre los criterios de aplicación de la ley de ‘nueva normalidad’ en lo que respecta al uso de las mascarillas al aire libre.

Sede del Ministerio de Sanidad (Foto: ConSalud)
PACO CORDERO
7 abril 2021 | 10:30 h

El Consejo Interterritorial delSistema Nacional de Salud (CISNS) debate este miércoles la aplicación del artículo 6.2 de la llamada ‘ley de nueva normalidad’, el relativo al uso obligatorio de las mascarillas, después de que surgieran diferencias entre autonomías sobre su utilización cuando se esté al aire libre. ConSalud.es ha tenido acceso al borrador que el Ministerio de Sanidad ha planteado a las comunidades autónomas tras ser discutido a nivel técnico.

Según este documento, Sanidad propone en un anexo los criterios de aplicación para ese artículo concreto. Entre las propuestas más relevantes, destaca la del uso obligatorio de las mascarillas en actividades como “el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales”, “el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos”, en espacios como los “vestuarios de piscinas públicas o comunitarias” y en el “exterior o interior” de la hostelería.

Durante el descanso en las playas, podrá no usarse mascarilla si la persona permanece en un punto concreto y respeta el 1,5m de distancia con personas no convivientes

Por su parte, se entenderá como “incompatibles con el uso de la mascarilla” actividades como “los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica en el medio acuático, en el entorno del mismo”. En este caso, mencionan que podrá no usarse mascarilla durante el descanso en playas, ríos o entornos similares cuando “la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados”.

Si se habla de piscinas cubiertas o cuando se esté a bordo de embarcaciones, se entenderá como descanso únicamente al tiempo “estrictamente necesario entre intervalos de actividad”. Igualmente, no se exigirá mascarilla durante el momento del baño en todos los espacios mencionados, durante la práctica de deporte en el medio acuático, en actividades de socorrismo o rescate “cuando requieren acceder al medio acuático” o en el momento de “comer o beber”.

Finalmente, se establece que no será obligatorio el uso de mascarillas cuando se practique ejercicio “que suponga un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual” al entender que resulta “incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”.

Sanidad busca un acuerdo al creer que “una multiplicidad de interpretaciones podría generar cierta confusión en la ciudadanía y dificultar la aplicación de la norma"

CRITERIOS COMUNES PARA EVITAR CONFUSIÓN

En el texto enviado a las comunidades autónomas, el Ministerio de Sanidad subraya la conveniencia de acordar “unos criterios comunes de interpretación” en el marco del Consejo Interterritorial debido a que “una multiplicidad de interpretaciones podría generar cierta confusión en la ciudadanía y dificultar la aplicación de la norma y de las decisiones de las diversas autoridades sanitarias”.

En todo caso, el departamento que dirige Carolina Darias apunta que “el uso de la mascarilla como medida de prevención se respalda por la existencia de evidencia científica de la capacidad de transmisión del Covid-19 a través de aerosoles, evidencia que fue reforzándose durante el año 2020”.

En esta línea, destacan también que dicha evidencia “refuerza la idea de que la distancia de seguridad puede ser en ocasiones una medida, por sí sola, cuya eficacia no es definitiva”. Por ello, ponen de ejemplo como la “mayoría” de las autoridades sanitarias autonómicas “han impuesto el uso de mascarilla en exteriores, con independencia de que se pueda o no mantener la distancia de seguridad”.

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