El Ministerio de Sanidad ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado la modificación de la Orden publicada el pasado 15 de marzo. El objetivo, reforzar los recursos humanos del Sistema Nacional de Salud y dar así respuesta a la demanda asistencial existente. En el texto de hoy se desarrolla la regulación de las rotaciones internas y externas de los residentes y la necesaria adaptación de los itinerarios formativos, con el fin de que, al tiempo que se refuerzan las plantillas de las unidades con necesidades asistenciales, los residentes adquieran competencias en el control de las enfermedades y en el abordaje de las situaciones de emergencia.
Los residentes que se encuentren en otra comunidad autónoma realizando una rotación externa podrán permanecer en el centro sanitario en el que están, salvo que éste determine la finalización de dicha rotación. En este caso el residente deberá comunicárselo a su Unidad Docente antes de incorporarse a la misma con el objetivo de cumplir con los protocolos de prevención y control de la COVID-19. Se podrá autorizar la prolongación de su estancia pudiendo permanecer en la misma unidad o autorizándose una nueva rotación independientemente del año de Residencia y especialidad.
El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros que no cuenten con residentes en formación y precisen profesionales
Además, cada comunidad autónoma podrá determinar que los residentes que no estén en el último año de formación trabajen en aquellas unidades en las que se precise refuerzo de personal, en su misma comunidad o en otra.
Con carácter excepcional esos mismos residentes, que no estén en el último año de formación, podrán trasladarse a unidades no acreditadas para la docencia. Los responsables de formación sanitaria especializada designarán colaboradores docentes, con carácter temporal, en dichas unidades teniendo en cuenta la experiencia, competencia y buena práctica profesional demostradas para que puedan tutorizar a los residentes. También podrán designarse colaboradores docentes en unidades cuyos tutores acreditados puedan no tener plena disponibilidad para desarrollar su labor docente.
El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros que no cuenten con residentes en formación y precisen profesionales.
La Orden también amplia la posibilidad de contratar a los profesionales de cualquier titulación que realizaron las pruebas selectivas 2019 para el acceso en el 2020 a plazas de formación sanitaria especializada y que han superado la puntuación mínima en el ejercicio. El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables y se extinguirá en el momento en que el profesional resulte adjudicatario de plaza.
Además, se amplían las titulaciones cuyos estudiantes pueden tener contratos de auxilio sanitario, bajo la supervisión de un profesional sanitario.