Con la entrada en la “nueva normalidad” desde hace ya algunas semanas tras la finalización del Estado de Alarma, el temor a que se produzca en España una segunda ola de Covid-19 siempre ha estado presente. Hasta el desarrollo de una vacuna eficaz contra la enfermedad provocada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, la prevención en base a la experiencia vivida es el único aliado con el que contamos para que no tener que hacer frente a un escenario como el de los meses de marzo y abril.
En este sentido el Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un proceso para la adquisición de materiales y equipos de protección individual, con el objetivo de contar una reserva estratégica que nos permita hacer frente a una nueva ola del virus. El departamento dirigido por Salvador Illa cumple de este modo con las exigencias del resto de formaciones políticas tal y como quedó reflejado en el dictamen de la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica del país. Pero no han tardado en surgir los problemas.
Tal y como han hecho público desde el diario La Razón, este proceso de compra iniciado por el Ministerio de Sanidad está marginando a muchas de las empresas nacionales que han distribuido sus productos bajo garantías de seguridad y con precios ajustados a lo largo de la primera fase de la pandemia.
La pasada semana el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), dependiente del Ministerio de Sanidad, publicaba el acuerdo marco de licitación tal y como informaba la citada cabecera. Un proceso imprescindible tal y como está recogido en la Ley de Contratos del Sector Público. Cabe señalar que este primer paso se ha producido un mes más tarde desde que Salvador Illa y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, asegurasen que reserva estratégica de materiales ya había sido creado. Un hecho que se materializaba más de cinco meses después desde el inicio de la pandemia.
Uno de los principales objetivos del referido acuerdo marco es realizar una clasificación de todos los proveedores fiables que pueden suministrar productos homologados mediante lotes con un precio cerrado en caso de que se produjese un recrudecimiento de la situación epidemiológica y viviésemos de nuevo posibles interrupciones, colapso o escasez en el sistema de suministros. Cabe señalar en este sentido que este proceso no significa que sea un solo proveedor el que deba suministrar el lote por completo, sino que de lo que se trata es de que la Administración pueda acceder a cada uno de los licitadores atendiendo a criterios como el precio o su capacidad de producción según el momento en el que nos encontremos y que será el factor que determine la demanda del producto.
De lo que se trata es de que la Administración pueda acceder a cada uno de los licitadores atendiendo a criterios como el precio o su capacidad de producción según el momento en el que nos encontremos
Hasta este punto el sistema es absolutamente comprensible y responde a los planes fijados por el Gobierno en materia de respuesta preventiva ante futuribles segundas oledas. El problema reside en el hecho de que el tamaño establecido para los lotes es demasiado grande. Tal es este que muchas empresas no pueden cumplir de entrada con los valores fijados debido a problemas de solvencia técnica y, lo más importante, es que el contrato marco únicamente permite la participación de aquellas compañías cuya facturación alcance, como mínimo, el importe total del lote al que quieren presentar su candidatura.
Hablamos de lotes de centenares de millones de euros. Un requisito que perjudica seriamente a los proveedores españoles. En este sentido avanzamos en el acuerdo marco hasta el punto 8 en el que se detalla la solvencia y clasificación de los licitadores. Ingesa establece en la página número 5 como mecanismo determinante de la solvencia de la empresa aspirante a ser proveedora el volumen anual de negocios estableciendo el mejor ejercicio dentro de los últimos tres disponibles atendiendo a las fechas de constitución de la compañía o del inicio de actividades. Es en este apartado, en el umbral mínimo requerido, donde se recalca que “el importe que deberán acreditar referido al mejor ejercicio deberá ser igual o superior a la suma del valor estimado de los lotes en los que participe (impuestos excluidos)”.
De acuerdo a las fuentes consultadas por el diario La Razón esto significa que el importe establecido para los lotes deja sin opciones “a todas las pymes y a la práctica totalidad de las empresas solventes, ya que sólo el lote tres de los licitados por el Ingesa es por un importe de 359 millones de euros”.
Deja sin opciones “a todas las pymes y a la práctica totalidad de las empresas solventes, ya que sólo el lote tres de los licitados por el Ingesa es por un importe de 359 millones de euros”
Ingesa manifiesta dentro del aparatado de solvencia técnica a la hora de hacer referencia al umbral mínimo la siguiente explicación: “El valor global de estos contratos deberá ser, para cada uno de los lotes, igual o superior al de su correspondiente valor estimado de licitación (impuestos excluidos) y la suma total del importe de estos contratos deberá ser igual o superior a la suma del total de los presupuestos estimados de los lotes en los que participe”.
Las fuentes consultadas por el citado diario indican ante este punto que perjudica de forma notable a todas aquellas empresas dadas de alta como fabricantes pero que no son importadoras de alguno de los productos necesarios para hacer frente a la pandemia y que han afrontado importantes y rápidas reestructuraciones para proveer de los recursos necesarios al país durante los meses más duros de la pandemia. Empresas sobre las que cabe añadir que cuentan con demostrada solvencia y son reconocidas en sus distintos ámbitos.
“Las exigencias de Ingesa las dejan fuera y dificultan que España sea autosuficiente en la capacidad de producción de producto sanitario, para no depender de terceros países”, añaden en este sentido desde la citada cabecera.
El Ministerio de Sanidad ha establecido el gasto total por encima de los 2.009 millones de euros. Una cifra que se elevará hasta alcanzar los 2.400 millones de euros como consecuencia del correspondiente pago del IVA. Atendiendo a estas cantidades
Las empresas que quieran optar a concursar tendrán que demostrar una solvencia mínima que se encuentra en un abanico que va desde los 19,5 millones de euros hasta los 359 millones de euros.