El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto-Ley con las medidas que el Gobierno considera necesario mantener una vez se retire el estado de alarma tras la pandemia del coronavirus. El contenido del documento ha recibido las aportaciones de las comunidades autónomas y también de algunos de los partidos políticos que han anunciado el apoyo a su tramitación.
Según ha explicado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se trata de una medidas que permanecerán “vigentes” hasta que el Gobierno declare de forma motivada, “habiendo escuchado a las comunidades autónomas y con la validación del Centro de Coordinaciónn de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES)”, que la crisis sanitaria “haya concluido”. Así, ha incidido en que la mayoría de las propuestas estuvieron activas durante el estado de alarma y que “deben seguir hasta que derrotemos definitivamente al virus, que será cuando se consiga una terapia eficaz o una vacuna”.
Sanidad confirma que incumplir con la medida de usar de forma obligatoria las mascarillas en espacios al aire libre y cerrados "será sancionado con multas de hasta 100 euros"
Por una parte, se han aprobado acciones relacionadas con la higiene y la prevención como el uso obligatorio de mascarillas, en espacios al aire libre y en sitios cerrados de uso público, en casos en los que no se pueda mantener una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros. Según ha confirmado el Ministerio de Sanidad, su incumplimiento “será sancionado con multas de hasta 100 euros” y serán las comunidades autónomas y las entidades locales las que ejerzan las “funciones de vigilancia, inspección y control”.
Al mismo tiempo, continuarán vigentes aquellas órdenes que tienen que ver con el refuerzo de la higiene en el entorno laboral, en los establecimientos sanitarios, comerciales, en los centros residenciales o en las actividades de hostelería, restauración o los hoteles. Mientras, los centros residenciales deberán permanecer “coordinados con los centros de recursos sanitarios de las distintas comunidades autónomas”.
DETECCIÓN PRECOZ Y RECURSOS
El titular de Sanidad ha hecho especial hincapié en reforzar los mecanismos de detección precoz y de vigilancia epidemiológica ya que el RD también recoge “la declaración expresa de la Covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente”. Por una parte, las comunidades autónomas tendrán que continuar dando información al Gobierno cuando se produzcan nuevas situaciones de emergencia, y seguir proporcionando los datos relacionados con la pandemia, en cuanto a casos, necesidad de recursos humanos y material o capacidad asistencial.
Los servicios sanitarios deben garantizar que se harán a todos los casos sospechosos “tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas”
En cuanto a las pruebas diagnósticas por PCR u otras técnicas de diagnóstico molecular, Salvador Illa ha apuntado que el RD pone el “énfasis” en que los servicios sanitarios deben garantizar que se harán a todos los casos sospechosos “tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas”.
Igualmente, Illa ha resaltado que las comunidades autónomas deberán “garantizar las capacidades del sistema sanitario en la eventualidad de que hubiera un rebrote”. Por ejemplo, deben contar con un “número suficiente de profesionales sanitarios” para el control de la enfermedad, tener “disponibilidad de camas” así como desarrollar “planes de contingencia” para ponerlos en marcha “en un periodo breve de tiempo”.
TRAZABILIDAD DE CONTACTOS
Otro aspecto destacado que queda regulado en el RD es que tanto los establecimientos como los medios de transporte u otros centros y entidades públicos o privados deberán “mantener los registros de los viajeros o usuarios como mínimo durante cuatro semanas para asegurar la trazabilidad si se confirma algún caso positivo” en dicho espacio. Por ello, deberán “facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas”.
Illa ha defendido que “nunca ha habido una pretensión de invadir ni asumir las competencias de las comunidades autónomas”
Por otra parte, el ministro de Sanidad ha indicado que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) podrá “recabar la información de los fabricantes de medicamentos” para “garantizar la disponibilidad” de aquellos fármacos considerados “necesarios” en la gestión de la crisis sanitaria. Además, según el Ministerio, las autonomías podrán “establecer las medidas oportunas para la dispensación de fármacos de forma no presencial cuando exista una situación de excepcionalidad sanitaria o cuando la situación de vulnerabilidad del paciente lo requiera”.
CC.AA., AUTORIDAD COMPETENTE
Finalmente, Salvador Illa ha incidido en que “nunca ha habido una pretensión de invadir ni asumir las competencias de las comunidades autónomas”. En este sentido, ha puntualizado que el RD fija que la autoridad competente delegada para “la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase III del plan de desescalada serán las CC. AA., salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad.