La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (IIPP) ha enviado esta semana a todos los centros penitenciarios dependientes de la Administración General del Estado las instrucciones para el desarrollo de la Orden INT/407/2020 de 12 de mayo, para la flexibilización de las medidas adoptadas a consecuencia de la crisis sanitaria de la Covid-19.
Las medidas, de momento, solo serán de aplicación en aquellos centros penitenciarios que se encuentren en zonas en fase 1 o 2 de la desescalada.
Se trata del desarrollo de la Orden del Ministerio del Interior publicada en el BOE para la flexibilización gradual de las restricciones adoptadas frente a la Covid-19
Se establecen las siguientes condiciones para las actividades que comenzarán a reanudarse, gradualmente, a partir de este jueves, con la entrada en vigor de la Orden del Ministerio del Interior.
COMUNICACIONES ORDINARIAS
Se autorizan las comunicaciones por locutorio con familiares, amigos, abogados, profesionales externos para actividades autorizadas, letrados de los servicios de orientación jurídica y ministros de culto, siempre que el comunicante provenga de la provincia o el territorio sanitario en la que se encuentre el centro penitenciario.
Así, II.PP prevé que los internos acudirán a comunicarse siempre que no exista impedimento desde el punto de vista clínico o sanitario. Eso sí, se reduce el número de visitantes a dos personas por comunicación.
El regreso de las comunicaciones ordinarias o los permisos de momento se aplicarán solo en los establecimientos penitenciarios que se encuentren en zonas en fase 1 o 2 de la desescalada
Además, será obligatorio el uso de mascarillas y guantes, y no se permitirá el acceso a aquellas personas que presenten síntomas de infección respiratoria.
Para favorecer el distanciamiento social, se reduce al 50% el uso de los locutorios que, sin embargo, se podrán utilizar durante 6 días a la semana, mañana y tarde.
Asimismo, se procederá a la desinfección de los mismos después de cada comunicación y a la desinfección general del departamento de comunicaciones una vez a la semana.
PERMISOS DE SALIDA
Entre las medidas previstas están la reanudación de los permisos ordinarios, extraordinarios y salidas programadas, de acuerdo con las indicaciones de la autoridad sanitaria. "Se revisarán los permisos ordinarios pendientes, a efectos de autorizar aquellos que vayan a disfrutarse en el ámbito geográfico en el que esté permitida la movilidad", explica II.PP en un comunicado.
También se facilitará mascarilla a los internos y se recabará consentimiento expreso por parte del interno interesado para permanecer en cuarentena durante 14 días –o el tiempo que determine el personal sanitario- a su regreso al centro.
TRASLADOS
Asimismo, Interior autoriza los traslados a los requeridos por autoridades judiciales, los derivados de cuestiones sanitarias y los que obedezcan a razones excepcionales o causas de fuerza mayor. Eso sí, los internos deberán portar mascarilla.
"No se procederá al traslado de ningún interno que se encuentre en módulo en cuarentena o internos aislados por sospecha de Covid-19", aclara en su nota Instituciones Penitenciarias.
Entre las pautas que se fijan está la de recabar consentimiento expreso por parte del interno interesado para permanecer en cuarentena durante 14 días -o el tiempo que determine el personal sanitario- a su regreso al centro.
Además, se retomarán gradualmente aquellas actividades educativas, formativas, terapéuticas, culturales, etc. que realizan los profesionales de la Administración Penitenciaria y que hubieran quedado suspendidos durante la crisis sanitaria.