Esto es lo que se podrá hacer en la fase 2 de la desescalada

Entre las principales medidas está la eliminación de las franjas horarias, la ampliación del número de personas que pueden reunirse, la visita a familiares en residencias, así como la apertura de playas y piscinas.

Terraza de un bar.
24 mayo 2020 | 11:15 h

El 47% de España avanzará este lunes 25 a la Fase 2 del plan de desescalada en España, una etapa intermedia hacia la llamada "nueva normalidad" con más apertura en las medidas de confinamiento.

Así, entre las principales novedades que recoge la Fase 2 está la eliminación de las franjas horarias para realizar paseos o actividad física no profesional, la ampliación del número de personas que pueden reunirse, la visita a familiares en residencias o la apertura de playas y piscinas. A continuación, las detallamos.

¿POR DÓNDE PUEDO MOVERME?

Esto se mantiene igual que en la Fase 1. La movilidad de las personas para realizar las actividades permitidas está circunscrita exclusivamente a la unidad territorial, es decir, provincia, isla o región sanitaria. Se puede salir del municipio a comprar o a ver a familiares y amigos, pero siempre dentro de la misma provincia o isla. No se puede salir de la provincia. Como se explicaba anteriormente, toda actividad hay que hacerla en la misma provincia, isla o región sanitaria en la que uno se encuentre. Poder moverse a otras provincias no está contemplado hasta después de la Fase 3.

SIN FRANJAS HORARIAS, EXCEPTO PARA MAYORES Y REUNIONES DE HASTA 15 PERSONAS

La Fase 2 amplía los horarios para pasear o hacer deporte. Se podrán realizar ambos a cualquier hora del día, excepto en las franjas reservadas para mayores y personas vulnerables. Las personas de hasta 70 años podrán realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10:00 y 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas.

Podrán reunirse hasta 15 personas en esta fase, ya sea en domicilios, en los bares y restaurantes, o en zonas abiertas. Este límite no se aplicará entre convivientes.

VISITAS DE FAMILIARES A RESIDENCIAS

Las comunidades autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores. Las visitas a centros residenciales de personas mayores se realizarán según las normas establecidas por cada comunidad autónoma. Se deberá concertar previamente la visita con la vivienda tutelada o el centro residencial.

VELATORIOS Y ENTIERROS

Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene.

LUGARES DE CULTO COMO LAS IGLESIAS

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad de, al menos, dos metros entre las personas. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

CELEBRACIÓN DE BODAS

Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados, manteniendo la distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

ACTIVIDADES DE TURISMO ACTIVO Y DE NATURALEZA

Se podrán a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa

CONGRESOS, REUNIONES DE NEGOCIO Y CONFERENCIAS

Se permitirá la realización de congresos, encuentros,n reuniones de negocio y conferencias promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada. A estos efectos, se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.

ABREN GRANDES TIENDAS Y CENTROS COMERCIALES

Ya puede abrir cualquier comercio con independencia del tamaño de su superficie. Ahora era de menos de 400 metros cuadrados. Esto permite la reapertura de los grandes centros comerciales, aunque con una limitación de aforo del 40%, que es también efectiva si éste cuenta con varias plantas. Los clientes no pueden hacer uso de las zonas comunes nada más que para transitar, por lo que está prohibido utilizar los bancos o zonas de recreo para niños.

Cabe recordar que se tienen que garantizar los dos metros entre clientes y si el comercio en cuestión no puede, pues sólo puede acceder una sola persona.

CENTROS DE FORMACIÓN COMO ACADEMIAS Y AUTOESCUELAS

En esta fase 2 de desescalada se posibilita la apertura de centros educativos no universitarios y de formación. También se permite a los titulares la apertura de academias y autoescuelas, limitando su aforo a un tercio y priorizando la formación online.

BARES Y RESTAURANTES

Aquí hay cambios importantes. La gran novedad es que en la fase 2 podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere un 40% de su aforo. Las comunidades autónomas podrán modificar este aforo máximo entre el 30% y el 50%.

No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno. El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Se puede encargar comida y bebida para llevar en el propio establecimiento. Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería mantienen la limitación al 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.

Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto. Todavía está prohibido el uso de cartas de menú, servilleteros o convoys de aceite y vinagre.

APERTURA DE LAS PLAYAS Y PISCINAS

En esta fase se flexibiliza el uso de las playas, que quedan abiertas a las actividades de ocio. Las limitaciones son las genéricas de mantener distancias prudenciales y usar métodos de protección si no es posible. Se autorizan los grupos de hasta 15 personas; la utilización de duchas, lavapiés y vestuarios, y la apertura de los chiringuitos, que se regirán por lo establecido para bares y restaurantes. El establecimiento de turnos, parcelaciones o aforos quedará en manos de los ayuntamientos.

Por su parte, la apertura de las piscinas recreativas al aire libre llega también en la Fase 2, lo mismo que con las de uso deportivo, incluidas las cubiertas. Se podrán abrir al público con cita previa y un aforo máximo del 30% o el que permita cumplir con la distancia de seguridad. Se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. La limpieza debe llevarse a cabo, al menos, tres veces al día y no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios.

LOS HOTELES ABREN LAS ZONAS COMUNES

Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se mantengan las medidas establecidas en el ámbito de la hostelería y restauración. Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas y respetándose la distancia mínima de seguridad entre personas y entre estos y el animador o entrenador. Se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos. Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimiento según las indicaciones del capítulo siguiente de esta guía.

CINES, TEATROS Y AUDITORIOS

Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado. En el caso de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, la reanudación de la actividad se sujetará a los siguientes requisitos: si se celebra en lugares cerrados, no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 50 personas; tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 400 personas; se recomendará la venta online o telefónica de la entrada y se permite la prestación de servicios complementarios, como tienda, cafetería o similares.

GIMNASIOS Y CENTROS DEPORTIVOS

En la fase 2 se abren las instalaciones deportivas cubiertas y las piscinas, ambas a un 30% del aforo y con cita previa. Se permite el uso de los vestuarios y solo se podrá entrenar de forma individual o en parejas si el deporte no exige contacto.

DEPORTE PROFESIONAL

Los equipos profesionales de la Liga de Fútbol y de otros deportes podrán entrenar de una manera "total" pero todavía hay restricciones, puesto que los trabajos en grupo tendrán un máximo de 14 personas. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.

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