Las claves del Certificado UE Covid-19: cuenta atrás para la movilidad “segura”

Preguntas y respuestas sobre el futuro uso del Certificado UE Covid-19 que entrará en vigor el 1 de julio en los 27 Estados miembros de la Unión Europea.

Una mujer joven en un aeropuerto (Foto: Freepik)
21 mayo 2021 | 17:45 h

Queda poco más de un mes para que los ciudadanos europeos puedan moverse sin grandes restricciones entre los 27 Estados miembros. Ese es el objetivo del Certificado UE Covid-19, herramienta que entrará en vigor el próximo 1 de julio y cuyo reglamento ha sido aprobado ya de forma provisional entre el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo Europeo.

En dicha fecha, entrará en vigor el reglamento interoperable aunque se espera que el sistema esté listo a finales del mes de junio. Además de ultimar las especificaciones técnicas, aún queda por rubricar el acuerdo político entre todas las partes. Se espera que se inicie con un período de introducción progresiva de seis semanas para la expedición de certificados en aquellos Estados miembros que necesiten más tiempo.

Acreditará que una persona está vacunada frente al Covid-19, que cuenta con una PCR o test de antígenos negativo o que ha superado la enfermedad

De forma paralela, la Comisión Europea ha avanzado que dará su apoyo a los Estados miembros a la hora de ultimar sus soluciones nacionales para la expedición y verificación de los Certificados COVID Digitales de la UE. Lo harán tanto de forma técnica como a nivel económico con el objetivo de que se integren en la plataforma de internet.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS

¿Quién podrá usarlo?: Personas que acrediten que han sido vacunadas frente al Covid-19; quienes se hayan realizado una prueba PCR o test de antígenos con resultado negativo; y quienes se hayan recuperado de la enfermedad.

¿En qué formato estará disponible?: En formato digital y en papel, dependiendo de cada persona. Incluirá código QR firmado electrónicamente, lo que le protege de la falsificación, que deberá pasarse por un lector, sin someterse a controles sanitarios adicionales. Estará en el idioma nacional de cada país y en inglés.

La información del certificado del usuario permanecerá en la base de todos del Estado miembro que lo emitió y no será retenida por los países visitados

¿Qué datos incluye?: Contiene información clave necesaria como el nombre, la fecha de nacimiento, la fecha de emisión, información relevante sobre la vacuna, la prueba la recuperación, ademáss de un identificador único. Dicha información permanecerá en el Estado miembro que lo emitió y no se retendrá por los países visitados.

¿Qué vacunas son válidas?: Los Estados miembros deberán aceptar certificados de vacunación para las vacunas que recibieron la autorización de comercialización de la UE. Aún así, los países pueden decidir extenderlo a los viajeros de la UE que recibieron otra vacuna.

¿Será gratuito?: No tendrá ningún coste para los ciudadanos. Será un documento sencillo, interoperable y fácil de obtener. Podrán disponer de él también las personas vacunadas antes de la entrada en vigor del Reglamento que lo regule.

¿Cómo lo puedo obtener?: Las autoridades de cada país serán las encargadas de emitir los certificados. España está desarrollando las pruebas piloto para su uso y los resultados preliminares están siendo positivos.

¿Es seguro?: La Comisión Europea construirá una pasarela, a través de la cual todas las firmas de certificados se pueden verificar en toda la UE. Los datos personales codificados en el certificado no pasan por la pasarela, ya que no es necesario para verificar la firma digital. Además, se ayudará a los Estados miembros a desarrollar un software que las autoridades puedan utilizar para comprobar los códigos QR.

Los países de la UE no impondrán restricciones adicionales de viaje a los titulares de un certificado, a menos que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública

¿Por dónde me podré mover?: Cuando entre en vigor el 1 de julio, la movilidad estará permitida entre los 27 Estados miembros. No obstante, las autoridades europeas trabajan para poder extender su uso a terceros países a través de la conexión con el marco de confianza europeo.

¿Me vale para España?: Según lo acordado, los Estados miembros también lo podrán utilizar con fines nacionales, en función de sus respectivas legislaciones.

¿A qué obliga a los Estados miembros?: Los países de la UE no podrán imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un Certificado COVID Digital de la UE, a menos que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública. Estas serán establecidas por el Centro Europeo de Prevención y Control de Enfermedades (ECDC).

¿Qué deja al margen?: Las PCR que se realicen para en vinculación al certificado no serán gratuitas. No obstante, la Comisión Europea ha anunciado que movilizará 100 millones de euros para proporcionar tests asequibles a los Estados miembros.

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