Cepas Covid-19: nuevas cuarentenas para 10 países de África y América Latina

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este mirécoles una orden del Ministerio de Sanidad sobre nuevas cuarentenas a personas procedentes de diferentes países con motivo de las cepas sudafricana y brasileña.

Una mujer con mascarilla, en un aeropuerto (Foto: Freepik)
Una mujer con mascarilla, en un aeropuerto (Foto: Freepik)
CS
3 marzo 2021 | 12:20 h

El Gobierno de España ha ampliado a los pasajeros procedentes de Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia, la obligación de guardar un período de cuarentena de 10 días, como medida de contención frente a las nuevas variantes del Covid-19.

Los pasajeros de vuelos procedentes de estos 10 países se suman así a los de Brasil y Sudáfrica, a los que ya se venía aplicando esta medida desde el pasado 22 de febrero y a los que se continuará reclamando el cumplimiento de esta medida.

La medida entrará en vigor el próximo 8 de marzo a las 00:00 horas por un período inicial de 14 días naturales

Como figura en la orden Ministerial, firmada por la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y que recoge este miércoles el BOE, este período de cuarentena que se podrá reducir a 7 días, en caso de que, una vez finalizada la cuarentena inicial de una semana, se aporte una RT-PCR negativa u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes o test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo igual o superior al 90% de sensibilidad e igual o superior al 97% de especificidad.

La medida entrará en vigor el próximo 8 de marzo a las 00:00 horas por un período inicial de 14 días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan. Los viajeros procedentes de estos 12 países deberán asimismo permanecer en su domicilio o alojamiento, limitando los desplazamientos y el acceso a terceras personas al domicilio o alojamiento a los imprescindibles.

Tanto en sus desplazamientos como en su contacto con convivientes y con quienes les proporcionen los bienes o servicios indispensables para garantizar su alimentación, limpieza y, en su caso, cuidados sanitarios, se deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por la COVID-19.

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